4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ GUILLERMO ESTEBAN KINANE ZAMORA

Rol

O-255-2020

Fecha

19 de enero de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en el día 14 de enero del presente año, en este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, se realizó juicio oral en el que figuró como acusado Guillermo Esteban Kinane Zamora, nacido en Santiago, el 16 de octubre de 1976, de 44 años, cédula de identidad Nº13.894.718-1, pintor de automóviles, soltero, domiciliado en calle Santa Inés Nº01759, de la comuna de Quinta Normal, representado por el abogado de la Defensoría Penal Pública don Pablo Sanzana Fernández. La acción penal fue sostenida por el Fiscal del Ministerio Público, don Hugo Saldías Donoso.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de Guillermo Esteban Kinane Zamora, según el correspondiente auto de apertura, es del siguiente tenor: “El día 26 de junio de 2020, a las 04:00 horas en Mapocho N° 4829, comuna de Quinta Normal, el acusado GUILLERMO ESTEBAN KINANE ZAMORA en compañía de sujetos desconocidos, ingresaron mediante la fuerza forzando la puerta de ingreso al local La Perla con el objeto de sustraer especies, lo que no lograron por la intervención de carabineros.” Calificación jurídica, grado de desarrollo del delito, participación, circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y pena solicitada: En concepto del Ministerio Público, los hechos antes descritos constituyen el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal; frustrado; en el cual le corresponde a Guillermo Esteban Kinane Zamora participación a título de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, toda vez que ejecutó el hecho en forma inmediata y directa; respecto de quien concurre como circunstancia agravante la contemplada en el artículo 12 N°16 del Código Penal; por lo que requiere se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y costas. SEGUNDO: Alegaciones de los intervinientes: a) En el alegato de apertura la Fiscalía expuso que, acreditará los hechos de la acusación a través de la prueba del auto apertura. Estos hechos ocurren el 26 de junio de 2020. El funcionario de Carabineros Nolberto Allende cuando realizaba un patrullaje recibe un comunicado, alrededor de las 4:00 a 4:05 horas, que se estaba realizando un robo en un local comercial que tiene por nombre “La Perla”, en la comuna de Quinta Normal. Carabineros concurre al lugar y encuentra la puerta de ingreso forzada, este local comercial está adyacente a un domicilio particular, lo que da cuenta de un robo; además, escucha ruidos en el interior y al verificar lo que ocurría se percatan de la presencia del acusado, quien ya estaba en el interior apilando especies con las cuales se iba dar a la fuga y respondió voluntariamente que andaba “cachureando”. EXTXSYXRXX MARIA INES COLLIN CORREA Juez Redactor Fecha: 19/01/2021 12:54:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Al momento de la detención se realiza el respectivo registro de las vestimentas del imputado y se le encuentra un elemento presumiblemente usado para comisión del delito, que eran dos destornilladores de diferentes tamaños, que fueron incautados. Al lugar llegó la víctima, don Alejandro Aspe, quien corr

Fallo

se declara: EXTXSYXRXX MARIA INES COLLIN CORREA Juez Redactor Fecha: 19/01/2021 12:54:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se condena a Guillermo Esteban Kinane Zamora, ya individualizado, como autor del delito de robo en lugar no habitado, frustrado, perpetrado el 26 de junio de 2020, a las penas quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio; y, de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que no se le sustituye a Guillermo Esteban Kinane Zamora la pena de presidio, debiendo cumplirla efectivamente, sirviéndole de abono los ciento treinta y un (131) días que ha permanecido privado de libertad por esta causa, según se desprende del certificado otorgado por la Jefa de Unidad de Causas, doña Nancy Bocaz Mora. III.- Que no se condena a Guillermo Esteban Kinane Zamora al pago de las costas de la causa. En su oportunidad devuélvanse los antecedentes aportados por la Fiscalía. Redactó doña María Inés Collin Correa. Regístrese, comuníquese y archívese. Pronunciada por las juezas titulares doña María Elisa Tapia Araya, doña Paulina Sariego Egnem y doña

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4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO C/ Guillermo Esteban Kinane Zamora Delito: Robo en lugar no habitado. RUC : 2000643857-2 RIT : 255– 2020 / Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: Que en el día 14 de enero del presente año, en este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, se realizó juicio oral en el que figuró como acusado Guillermo Esteban Kinane Zamora, nacid

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