DURÁN/IMPORTADORA IMPOPARTES S.A.
Rol
M-2398-2020
Fecha
3 de diciembre de 2020
Materia
Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DE LA DEMANDA ARTÍCULO 453 DEL CÓDIGO DE TRABAJO. X · SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandada no comparece, ni su abogado. Pese a estar notificados válidamente, que lo esperamos 23 minutos, que se llamó telefónicamente al abogado Ricardo Manuel Gebauer Tocornal, a su celular teléfono 998249591. Que señaló no asistiría por no tener contacto con su cliente. Dada la no comparecencia de la demandada, pese a haber realizado actuaciones previas. Se tiene en Rebeldía a la demandada, por evacuada en rebeldía la contestación de la demanda. La parte demandante solicita se dicte sentencia de inmediato. Se resuelve:
Fundamentos
considerando la inasistencia de la demandada, se acoge la petición, dictando sentencia de inmediata omitiendo la recepción de la causa a prueba. SENTENCIA En Santiago, a treinta de noviembre de dos mil veinte. Visto, oídos y considerando: PRIMERO: Que compareció a juicio, don FELIPE ANTONIO DURÁN FONTECILLA, cédula de identidad N° 18.933.862-7, ingeniero mecánico automotriz, interponiendo demanda en procedimiento monitorio por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales e indemnizaciones, contra de IMPORTADORA IMPOPARTES S.A. Rol Único Tributario N° 76.368.558-6, ya individualizados en los presentes autos, quienes se encuentran notificados de esta audiencia monitorio. Vistos lo dispuesto en los artículos 7,8, 9, 73, 162, 163, 168, 172, 173,178, 415, 420, 423, 496 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
Se resuelve: considerando la inasistencia de la demandada, se acoge la petición, dictando sentencia de inmediata omitiendo la recepción de la causa a prueba. SENTENCIA En Santiago, a treinta de noviembre de dos mil veinte. Visto, oídos y considerando: PRIMERO: Que compareció a juicio, don FELIPE ANTONIO DURÁN FONTECILLA, cédula de identidad N° 18.933.862-7, ingeniero mecánico automotriz, interponiendo demanda en procedimiento monitorio por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales e indemnizaciones, contra de IMPORTADORA IMPOPARTES S.A. Rol Único Tributario N° 76.368.558-6, ya individualizados en los presentes autos, quienes se encuentran notificados de esta audiencia monitorio. Vistos lo dispuesto en los artículos 7,8, 9, 73, 162, 163, 168, 172, 173,178, 415, 420, 423, 496 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don FELIPE ANTONIO DURÁN FONTECILLA, en contra de la demandada IMPORTADORA IMPOPARTES S.A, representada legalmente por Ignacio Javier Zúñiga Barría, y se declara: I. Nulo e injustificado el despido que fue objeto el actor, con fecha 17 de abril del 2020. II. Que la remuneración que perciba el actor era de $619.145.- III. Que para todos los efectos legales se entenderá que el término de la relación laboral, aconteció por la causal necesidad de la empresa, esto es artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, con fecha 17 de abril del año 2020. Que por otra parte, habiéndose d
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago, 30 de noviembre de 2020 RUC 20- 4-0287762-7 RIT M-2398-2020 CARATULADO DURÁN/IMPORTADORA IMPOPARTES S.A. MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Natalia Segovia Beas HORA DE INICIO 12:01 HORA DE TERMINO 12:36 SALA Sala 14 (5.2.) Nº REGISTRO DE AU
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