MP C/ BRANDHON LUIS ZÚÑIGA TORRES
Rol
O-170-2020
Fecha
15 de enero de 2021
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “Los Hechos: Con fecha 18 de julio de 2019, alrededor de las 13 horas, en Avda. Argentina con Chacabuco de esta ciudad, los imputados previamente concertados se acercaron a un bus de locomoción colectiva que estaba en el lugar, subiendo al mismo el imputado Brandhon Zúñiga, procediendo a arrebatarle con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueña, el celular que mantenía en sus manos la víctima Daniela Urrutia, bajando luego del bus y entregándole el celular robado al imputado José Burgos que lo esperaba, dándose ambos imputados a la fuga con la especie en su poder. 2.-Calificación Jurídica y grado de desarrollo: Los hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito de Robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo, del Código Penal, en relación a los Art. 432 y 450 del mismo cuerpo legal. 3.-Participación y grado de ejecución del delito: XFNGSXMHQX Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 15/01/2021 13:44:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 A los imputados BRANDHON LUIS ZÚÑIGA TORRES y JOSÉ MAXIMILIANO BURGOS ZÚÑIGA les ha cabido en el ilícito la participación en calidad de autores, conforme al artículo 15 N° 1 y Nº3 del Código Penal, encontrándose en grado de ejecución consumado. 4.-Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: A juicio de esta Fiscalía, respecto de ambos imputados concurre la circunstancia agravante de la reincidencia específica del artículo 12 Nº16 del Código Penal. 5.-Preceptos Legales Aplicables al caso: A juic
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha once de enero recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidida por el Magistrado señor Francisco Hermosilla Iriarte e integrada por los Jueces señor Williams Vilches Flores y señora Ángela Carrasco Palma; se llevó a efecto, por vía remota, mediante la aplicación Zoom, la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de Brandhon Luis Zúñiga Torres, cédula nacional de identidad N° 20.653.547-4, nacido en Valparaíso, el 22 de diciembre de 2000, 20 años de edad, soltero, sin oficio, con cuarto medio rendido, domiciliado en Paraíso 980, cerro Barón, Valparaíso y; de José Maximiliano Burgos Zúñiga, cédula nacional de identidad N° 19.774.650-5, nacido en Valparaíso, el 27 de junio de 1998, 22 años de edad, soltero, comerciante ambulante, con segundo medio rendido, domiciliado en Leocato 99, cerro Cordillera, Valparaíso¸ ambos representados por el Defensor Penal Público señor Rodrigo Garrido Durán. Fue parte acusadora el Ministerio Público representado por el Fiscal Adjunto señor Pablo Avendaño Barrera. Ambos intervinientes con sus direcciones y correos electrónicos ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Auto de apertura de juicio oral. Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra de los imputados con motivo de los siguientes hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “Los Hechos: Con fecha 18 de julio de 2019, alrededor de las 13 horas, en Avda. Argentina con Chacabuco de esta ciudad, los imputados previamente concertados se acercaron a un bus de locomoción colectiva que estaba en el lugar, subiendo al mismo el imputado Brandhon Zúñiga, procediendo a arrebatarle con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueña, el celular que mantenía en sus manos la víctima Daniela Urrutia, bajando luego del bus y entregándole el celular robado al imputado José Burgos que lo esperaba, dándose ambos imputados a la fuga con la especie en su poder. 2.-Calificación Jurídica y grado de desarrollo: Los hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito de Robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo, del Código Penal, en relación a los Art. 432 y 450 del mismo cuerpo legal. 3.-Participación y grado de ejecución del delito: XFNGSXMHQX Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 15/01/2021 13:44:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 A los imputados BRANDHON LUIS ZÚÑIGA TORRES y JOSÉ MAXIMILIANO BURGOS ZÚÑIGA les ha cabido en el ilícito la
Fallo
se acuerda como vestía, es primera vez que declara sobre estos hechos. No hubo contrainterrogatorio de la Defensa. Aclaró al Tribunal que cuando se ha referido a Maxi hace alusión a su primo. En la oportunidad prevista en el artículo 338 del Código Procesal Penal, los dos encartados ejercieron la prerrogativa de guardar silencio. QUINTO: Convenciones probatorias. Que de acuerdo a lo expuesto en el auto de apertura, los intervinientes no las celebraron. SEXTO: Prueba de cargo. Que con el fin de acreditar los hechos que forman parte de la acusación y la participación de los imputados en éstos, el Ministerio Público rindió la siguiente prueba: Testimonial: 1.- Daniela Nicole Urrutia Jara, bioquímico, quien ante el interrogatorio de la Fiscalía expresó que esto fue el 18 de julio de 2019, cerca de la “una” de la tarde, en Valparaíso, estaba con dos amigas, tomaron micro en Portales en dirección al cerro Alegre y cerca de la Avenida Argentina esquina XFNGSXMHQX Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 15/01/2021 13:44:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 Chacabuco, la micro se detiene en el paradero, se h
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1 R.U.C.:1 900 770 480-4.- R.I.T.: 170- 2020. Ministerio Público en contra de Brandhon Luis Zúñiga Torres y José Maximiliano Burgos Zúñiga. Delito: Robo por sorpresa. Valparaíso, quince de enero de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha once de enero recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidid
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