C/ LEONARDO IGNACIO SOTOMAYOR RUIZ
Rol
O-2059-2019
Fecha
13 de enero de 2021
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
RESUMEN: RUC : 1900366420-4 RIT : 2059-2019 MATERIA : Robo con violencia e intimidación Porte ilegal de arma de fuego IMPUTADO : DANIEL ALEJANDRO GUZMÁN RAMOS CEDULA DE IDENTIDAD : 19.171.081-9 DOMICILIO : Pje. Caracoles N°433, comuna La Pintana FISCAL : Pablo Salinas Martínez DEFENSOR : Ian Videka Carreño TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 13 de Enero de 2021 MODIF. RESP. PENAL : Artículo 11 N° 9 y 12 Nº16 del Código Penal TIPO DE RESOLUCIÓN : Transcripción sentencia Abreviado REGISTRO DE AUDIO : \\acta_302\Audiencias\1900366420-4-1234 Santiago, trece de Enero de dos mil veintiuno.
Fundamentos
Considerando: Que, le favorece al acusado la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, la que se verifica con la acción del acusado el día de hoy en aceptar el procedimiento abreviado. Asimismo, le perjudica la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 N° 16 del Código Penal, en virtud de una anotación prontuarial por el delito de robo con violencia e intimidación. Que, de la forma en que se ha razonado favoreciéndole una atenuante de responsabilidad penal y perjudicándole una agravante y habiendo hecho uso el Ministerio Público de la facultad establecida en el artículo 407 inciso 4° del Código Penal, la pena que ha sido solicitada por el ente persecutor respecto del delito de robo con violencia e intimidación y del ilícito de porte ilegal de arma de fuego se encuentran ajustadas a derecho. Resolución: I.- Que, se condena a DANIEL ALEJANDRO GUZMÁN RAMOS, ya individualizado, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, con la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el comiso de las especies incautadas, todo ello por su responsabilidad como autor en el delito frustrado de Robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° en relación a los artículo 439 y 432 todos del Código Penal, perpetrado el día 04 de Abril de 2019, en la comuna de La Pintana. II.- Que, se condena a DANIEL ALEJANDRO GUZMÁN RAMOS, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, con la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos TELTSYKPMB MONICA ANDREA VERGARA MALDONADO Juez de garantía Fecha: 16/01/2021 12:13:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl file://///acta_302/Audiencias/1900366420-4-1234 durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor en el delito consumado de Porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9° en relación al artículo 2° de la Ley 17.798 sobre Control de Armas, hecho perpetrado el día 04 de Abril de 2019, en la comuna de La Pintana. III.- Que, no existiendo posibilidad alguna de otorgársele alguna pena sustitutiva atendida la entidad a las penas a las que ha sido condenado, por lo que ambas penas el sentenciado deberá cumplirlas en forma real y efectiva, sirviéndole como abono todo el tiempo que ha permanecido ini
Fallo
fallo cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia a los plazos legales pendientes por parte de todos los intervinientes y esta sentencia como ejecutoriada para todos los efectos a contar de esta fecha. Dese orden de ingreso en calidad de rematado. Se fija audiencia de traslado de unidad penal para el día 28 de enero de 2021, a las 10:30 horas, debiendo el imputado permanecer en los módulos del C.D.P. Santiago Uno hasta la próxima audiencia. Dictada por doña MONICA ANDREA VERGARA MALDONADO, Juez Titular del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. TELTSYKPMB MONICA ANDREA VERGARA MALDONADO Juez de garantía Fecha: 16/01/2021 12:13:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-01-16T12:13:20-0300 Corte Suprema MONICA ANDREA VERGARA MALDONADO Verificación Legal
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RESUMEN: RUC : 1900366420-4 RIT : 2059-2019 MATERIA : Robo con violencia e intimidación Porte ilegal de arma de fuego IMPUTADO : DANIEL ALEJANDRO GUZMÁN RAMOS CEDULA DE IDENTIDAD : 19.171.081-9 DOMICILIO : Pje. Caracoles N°433, comuna La Pintana FISCAL : Pablo Salinas Martínez DEFENSOR : Ian Videka Carreño TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 13 de Enero de 2021 MODI
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