C/ GUILLERMO EDUARDO MADRID LABRÍN
Rol
O-8130-2019
Fecha
13 de enero de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de FELIPE MATÍAS CARIPÁN CARIPÁN, 21 años, C.I. N° 0020081078-3, domiciliado en Pasaje VOLCAN PUYEHUE Nº 958, Peñalolén, a quien se atribuye participación de autor en un delito de robo en bienes nacionales de uso público. El requerimiento se funda en los siguientes hechos: “El día 31 de octubre de 2019 alrededor de las 12:20 horas, los requeridos Guillermo Eduardo Madrid Labrín, Felipe Matías Caripan Caripan, Estefany Dayan Leiva Pinto previamente concertados para cometer delito de robo de especies de vehículos motorizados, concurrieron a calle Gómez Millas con Exequiel Fernández de la comuna de Ñuñoa, acercándose los imputados Guillermo Eduardo Madrid Labrín, Felipe y Matías Caripan Caripan al automóvil Toyota Tercer placa patente NK.3707 que permanecía estacionado en la platabanda de calle Exequiel Fernández, procediendo el imputado Madrid Labrín, mediante el uso de un destornillador a forzar la chapa de la puerta delantera derecha del señalado automóvil, mientras el imputado Caraipan Caripan, se mantenía a su lado cubriéndolo para evitar que fuera visto, la imputada Estefany Dayan Leiva Pinto, se ubicó en la vereda de al frente enfrentando a los coimputados, realizando labores de vigilancia, conductas que eran observadas por una vecina del sector, quien llamó a personal de seguridad ciudadana, los que se constituyeron en el sitio del suceso procediendo a la detención de los imputados, llegando además, personal de Carabineros quienes realizaban un procedimiento en las inmediaciones del sitio del suceso. Cabe señalar que el vehículo Toyota Tercel placa patente NK.3707, es de propiedad de Jorge Luis Jamett García , quien lo había dejado estacionado en el lugar, avaluando dicho vehículo en la suma de $ 1.250.000. El destornillador utilizado para perpetrar el delito fue lanzado por los imputados hacia el antejardín de un edificio próximo al sitio del suceso, siendo recuperado por personal p
Fallo
se declara que: I.- Se condena a FELIPE MATÍAS CARIPÁN CARIPÁN, como autor del delito frustrado de robo en bienes nacionales de uso público, cometido en jurisdicción de este Tribunal con fecha 31 de octubre de 2019, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo público por el mismo plazo, comiso de la especie incautada y la determinación de su huella genérica a fin de incorporarla en el registro que establece la ley 19.970. PDHXSWZFDX DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Juez de garantía Fecha: 13/01/2021 20:08:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Al no concurrir las exigencias legales no se sustituye la pena privativa de libertad, debiendo ser cumplida por el sentenciado de manera efectiva una vez que esta sentencia se encuentra ejecutoriada, sirviéndole de abono 1 día de detención correspondiente al 31 de octubre de 2019. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas, toda vez que no fueron solicitadas por el Ministerio Público. Los intervinientes renuncian al plazo para interponer recursos, quedando ejecutoriada esta sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el a
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8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N° 8130 - 2019. Santiago, trece de enero de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de FELIPE MATÍAS CARIPÁN CARIPÁN, 21 años, C.I. N° 0020081078-3, domiciliado en Pasaje VOLCAN PUYEHUE Nº 958, Peñalolén, a quien se atribuye participación de autor en un delito de robo en bienes nacionales de uso pú
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