2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/IMPERIAL S.A.

Rol

M-799-2020

Fecha

2 de diciembre de 2020

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece PEDRO OSWALDO BAHAMONDE FERNANDEZ, Rut. 24.899.282-4, desempleado, domiciliado para estos efectos en Estado 115, oficina 607, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento Monitorio por despido injustificado en contra de su ex empleadora IMPERIAL S.A. Rut. 76.821.330-5 representada legalmente por Pedro Flores León, ambos domiciliados en Avenida Santa Rosa n°7876, comuna de La Granja, solicitando en definitiva que el despido que fue objeto con fecha 2 de enero 2020 es injustificado y por ende las indemnización sustitutiva del aviso previo, años de servicios, recargo legal, según los fundamentos expuestos en su demanda que fueron relatados por esta juez, según consta del registro de audio, fundados en que comenzó a prestar servicios, subordinados para la demandada desde el 13 de julio de 2018, como operador portable, recibiendo una remuneración de $521.092, refiere presentar licencia médica por cuadro de stress el día 28 de diciembre de 2019 y al volver se entera que fue despedido por irregularidades en el área de despacho, con fecha 2 de enero de 2020, acusado de cómplice de robo, hechos que controvierte, no recibiendo la comunicación de despido. SEGUNDO: Que una vez interpuesta la demanda, el tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo y, conforme lo ordena el artículo 500 del mismo cuerpo legal, la demanda fue acogida parcialmente con fecha 17 de marzo de 2020 en primera resolución la que fue reclamada por la demandante. TERCERO: Que en razón de lo anteriormente expuesto, se citó a audiencia única por, a la que comparecieron ambas partes, contestando la demandada, solicitando su rechazo por los fundamentos del registro de audio y en especial reconoce la existencia de la relación laboral, las labores de operador contable, controvierte la remuneración indicando que es la suma de $399.000 y refiere que fue despedido el 2 de enero de 2020 por aplicación de la causal del artículo 160N7, cumpliendo con las formalidades del despido y reconoce adeudar feriado por la suma de $ 196.668 (14,10 días ). CUARTO: Que se celebraron tres audiencias únicas monitorio, atendida la contingencia sanitaria y las dificultades de desplazamiento de los testigos, llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo, recibiéndose la causa a prueba, por estimar que existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos fijándose los siguientes; 1 Efectividad de ser ciertos los hechos contenidos en la comunicación de despido, formalidades de la misma. Domicilio, registrados del actor en su contrato de trabajo. 2. Obligaciones que le asistían al actor atendido su cargo de operador contable. 3. Remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor, ítems que la componían de conformidad con el artículo 172 del Código del Trabajo. 4. Efectividad de adeudarse al actor el feriado demandado. Sin perjuicio se estab

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que se rechaza la demanda, declarando justificado el despido del actor realizado el día 2 de enero de 2020.- II.- Se ordena el pago del feriado por la suma de $229.217 III.-Que la cantidad ordenada pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en el artículo 63 del Código del Trabajo. IV.- Que no se condena en costas a la demandante, por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y comuníquese. RIT M-799-2020 RUC 20- 4-0258150-7 Pronunciada por doña Carolina Andrea Luengo Portilla, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

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Santiago, dos de diciembre de dos mil veinte. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece PEDRO OSWALDO BAHAMONDE FERNANDEZ, Rut. 24.899.282-4, desempleado, domiciliado para estos efectos en Estado 115, oficina 607, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento Monitorio por despido injustificado en contra de su ex empleadora IMPERIAL S.A. Rut. 76.821.330-5 representada legalmente por Pe

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