MP C/ FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO
Rol
O-10680-2016
Fecha
11 de enero de 2021
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que el día de hoy, ante este 8° Juzgado de Garantía de Santiago, se inició y llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en contra de doña FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO, cédula de identidad N° 15.893.440-K, mayor de edad de 36 años de edad, maestra de cocina actualmente cesante, soltera, domiciliada en Pasaje Regidor José González Nº 0380, departamento 208, Melipilla. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta doña Mónica Muñoz. La defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor penal público don Gonzalo Guzmán.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de la acusada, según el correspondiente requerimiento, es del siguiente tenor: “Que el día 07 de Julio de 2016, aproximadamente a las 12:00 horas, en circunstancias que la víctima Javier Alejandro Madrid Domínguez, se encontraba en su lugar de trabajo ubicado en Avenida Manuel Montt Nro. 2165, en la comuna de Providencia, recibió un llamado telefónico de un hombre no identificado quien mediante engaño señaló ser su empleador, quien concertado con la requerida FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO, le dijo a la víctima que se encontraba en panne, y que necesitaba dinero para que fueran a buscarlo, instruyéndole que depositara en forma inmediata la suma de $320.000 en la cuenta vista del Banco Estado, perteneciente a la requerida FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO. Es así, como la víctima Javier Alejandro Madrid Domínguez en la convicción de que había conversado con su empleador, y siguiendo las instrucciones dadas por el sujeto, concurrió a la sucursal de ServiEstado, ubicado en avenida Francisco Bilbao, Nro. 1966, comuna de Providencia, realizando un depósito en efectivo un monto de $320.000, en la cuenta RUT N° 15893440 del Banco Estado, perteneciente a la requerida FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO. Provocando en consecuencia un perjuicio total de $320.000 en el patrimonio de la víctima”. Calificación Jurídica: A juicio del ente acusador, estos hechos, constituyen el delito de Estafa Residual, tipificado y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, conducta en que los cabe participación a la requerida en calidad de autora, en grado de desarrollo consumado. Penalidad Requerida: Conforme a lo señalado, el ministerio público solicitó se condene al requerido en su calidad de autor del delito a la pena de 300 días YNKXSVRKBQ SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de garantía Fecha: 11/01/2021 10:19:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Presidio menor en su grado mínimo y multa de 11 UTM, además de anterior se solicita se aplique las accesorias generales conforme los artículos 30 y siguientes del Código Penal, más las costas que procedan conforme al artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal, sean de cargo del imputado. En su alegato de apertura, el ministerio público indica que como no asistió la prueba del juicio, solicita se resuelva conforme a derecho. En el alegato de clausura, el ministerio público indica que se solicita que el tribunal dicte veredicto, eximiendo a la fiscalía del pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Alegaciones de la Defensa. Que la defensa soli
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 473 del Código Penal; 45, 48, 297, 340, 341, 342, 388, 390, 391, 393, 394, 395 bis y 396 del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se ABSUELVE, a FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO, ya individualizado, del cargo que se le formuló en el requerimiento, de ser autora de un delito de Estafa Residual, tipificado y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, el que se encuentra en grado de consumado, hechos acaecidos en la comuna de Providencia con fecha 07 de Julio de 2016. YNKXSVRKBQ SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de garantía Fecha: 11/01/2021 10:19:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 II.- Que se exime al ente persecutor de su obligación de pagar costas por la presente causa, por cuanto de los elementos fundamentes de la misma se ha podido sostener que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese y notifíquese. RUC Nº 1600650163-3 RIT Nº 10.680-2016 Dictada por don SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON, Juez Titular del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. YNKXSVRKBQ SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de gar
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1 Santiago, once de Enero de dos mil veintiuno. VISTOS: Que el día de hoy, ante este 8° Juzgado de Garantía de Santiago, se inició y llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en contra de doña FRANCHESCA ANDREA PINOCHET PIZARRO, cédula de identidad N° 15.893.440-K, mayor de edad de 36 años de edad, maestra de cocina actualmente cesante, soltera, domiciliada en Pasaje Regidor José Go
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