MP C/ DENIS GABRIELA RAMOS FARÍAS
Rol
O-203-2020
Fecha
9 de enero de 2021
Materia
OTROS DELITOS DE LA LEY 20.000., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación fueron los siguientes: “En circunstancias que el personal de MTO de la Policía de Investigaciones de Rancagua, se encontraba ejecutando una orden de investigar en la presente causa, lograron establecer que en diversos domicilios de la comuna de Graneros se estaba realizando una comercialización, posesión y distribución de droga, situación por la cual el fiscal instructor solicitó una orden de entrada y registro para los domicilios ubicados en: pasaje Los Acernabundos N° 220 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros; calle Los Crespones N° 0544 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros; pasaje Humberto Riffo Pinilla N° 0673 de la Población Bicentenario de la comuna de Graneros, y el pasaje Sergio Faúndez Gaete N° 0542 de la Población Bicentenario de la comuna de Graneros; orden que fue autorizada por el Juzgado de Garantía con fecha 11 de Diciembre del año 2018, por un plazo de 10 días, la que fue efectuada con fecha 12 de Diciembre del año 2018 en forma simultánea a partir de las 17:35 horas aproximadamente, obteniendo los siguientes resultados: En el domicilio ubicado en pasaje Los Acernabundos N° 220 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros se logró observar que en el Paola Sandra Gonzalez Lopez Juez Redactor Fecha: 09/01/2021 13:03:13 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Integrante Fecha: 09/01/2021 14:27:47 QNDWSVMWFJ Fadua Pamela Salas Eljatib Juez Presidente Fecha: 09/01/2021 15:17:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl | 2 antejardín del domicilio se encontraba el acusado Bryan Rodrigo Morales Farías, y al realizar una revisión al i
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido en forma remota a través de la plataforma ZOOM, por los Juezas doña Fadua Salas Eljatib, quien presidió, doña Gloria Calvo Godoy y doña Paola González López, el día 5 de enero del año en curso, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral de la causa rit 203-2.020, ruc 1800865574-6, seguida en contra de DENIS GABRIELA RAMOS FARIAS, CI. 17.108.038-K, soltera, 32 años, dueña de casa, nacida en Rancagua el día 8 de octubre de 1.988, con domicilio en Sergio Faúndez Gaete 0542, Villa Bicentenario Graneros; en contra de JENNIFER YULITZA SALAS ABARCA, CI. 20.030.358-k, 21 años, soltera, estudiante, nacida en Rancagua el 3 de agosto de 1.999, con domicilio en Los Crespones 0544, Población Rafael Carvallo, Graneros y en contra de BRYAN RODRIGO MORALES FARIAS, CI. 19.588.539-7, 23 años, soltero, temporero, nacido en Graneros el día 24 de diciembre de 1.997, domiciliado en calle Humberto Rifo Pinilla 0673 de Graneros. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino remotamente via plataforma ZOOM, el Fiscal doña adjunto don Pablo Muñoz Leyton. Por su parte, la Defensa del acusado Morales estuvo a cargo del Defensor Penal Privado don Alex Ruz, en tanto, que la asesoría jurídica de los imputados Ramos y Salas estuvo desempañada por el Defensor Penal Público, don Navaí Valdivia Lagos, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Los hechos contenidos en la acusación fueron los siguientes: “En circunstancias que el personal de MTO de la Policía de Investigaciones de Rancagua, se encontraba ejecutando una orden de investigar en la presente causa, lograron establecer que en diversos domicilios de la comuna de Graneros se estaba realizando una comercialización, posesión y distribución de droga, situación por la cual el fiscal instructor solicitó una orden de entrada y registro para los domicilios ubicados en: pasaje Los Acernabundos N° 220 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros; calle Los Crespones N° 0544 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros; pasaje Humberto Riffo Pinilla N° 0673 de la Población Bicentenario de la comuna de Graneros, y el pasaje Sergio Faúndez Gaete N° 0542 de la Población Bicentenario de la comuna de Graneros; orden que fue autorizada por el Juzgado de Garantía con fecha 11 de Diciembre del año 2018, por un plazo de 10 días, la que fue efectuada con fecha 12 de Diciembre del año 2018 en forma simultánea a partir de las 17:35 horas aproximadamente, obteniendo los siguientes resultados: En el domicilio ubicado en pasaje Los Acernabundos N° 220 de la Villa Rafael Carvallo de la comuna de Graneros se logró observar que en el Paola Sandra Gonzalez Lopez Juez Redactor Fecha: 09/01/2021 13:03:13 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Integrante Fecha: 09/01/2021 14:27:47 QNDWSVMWFJ Fadua Pamela Salas Eljatib Juez Presidente Fecha: 09/01/2021 15:17:59 ESTE DOCUMENTO
Fallo
por estas Juezas, al momento de observar las imágenes proyectadas durante el juicio por el Ministerio Público, utilizando para ello el ícono “compartir pantalla” de la aplicación ZOOM. En consecuencia, los antecedentes de cargo indicados precedentemente, a los que se unieron –como ya se dijo- las versiones de los acusados Morales y Ramos, permitieron establecer una versión única y no controvertida respecto de la posesión de drogas por parte de los nombrados encausados, en horas de la tarde del día 12 de diciembre de 2.018, pues se contó con los relatos de los funcionarios aprehensores de la Policía de Investigaciones de Chile, quienes dieron cuenta de la denuncia anónima que recibieron en su Unidad en el mes de septiembre del mismo año, respecto de varios domicilios donde se comercializaba droga, pertenecientes entre otros a Denis Ramos y su hermano Bryan, situados en la comuna de Graneros, tres de los cuales resultaron allanados; todo lo que funcionarios policiales pudieron corroborar ese día al ingresar y descubrir en su interior, pasta base (Morales y Ramos) y clorhidrato de cocaína (Ramos), dosificadas y a granel, una mata de cannabis sativa (Morales), de dinero obtenido con la venta de tales sustancias ilícitas (ambos encausados) además de otras especies relacionadas al delito investigado, como Paola Sandra Gonzalez Lopez Juez Redactor Fecha: 09/01/2021 13:03:13 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Integrante Fecha: 09/01/2021 14:27:47 QNDWSVMWFJ Fadua Pamela Salas Eljatib
Texto Completo (Preview)
| 1 Rancagua, nueve de enero de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido en forma remota a través de la plataforma ZOOM, por los Juezas doña Fadua Salas Eljatib, quien presidió, doña Gloria Calvo Godoy y doña Paola González López, el día 5 de enero del año en curso, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Or
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