MP C/ ESTEBAN ALEJANDRO RODRÍGUEZ VALDEBENITO
Rol
O-12376-2019
Fecha
7 de enero de 2021
Materia
ALTERACIÓN ORDEN PÚBLICO, CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 07 de noviembre de 2019, momentos antes de las 21.00 horas, en circunstancias que personal policial en servicio de contingencia se encontraba en la intersección de la calle Manuel Montt con El Trébol, de la comuna de Rancagua, despejando diversos elementos que se encontraban ahí, y que obstruyen el libre tránsito vehicular, encontrándose además, un grupo de personas que alteraban el orden público a través de marchas no autorizadas, se percatan de la presencia del imputado que comenzó a arrojar piedras y particularmente, una de ellas la lanza al personal de Carabineros, sin lograr lesionarlo. A su vez, el requerido portaba en el bolsillo delantero derecho de su pantalón, un pocillo de plástico que en su interior contenía una sustancia que conforme los resultados de la prueba de campo realizada corresponde a 06 miligramos de marihuana. Sentencia Rancagua, siete de enero de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal y demás normas aplicables en la especie, se declara: I.- Que se CONDENA A ESTEBAN ALEJANDRO RODRÍGUEZ VALDEBENITO, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada, prevista y sancionada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal. Además se condena al pago de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada, porte de droga en lugares públicos, prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley 20.000, hechos ocurridos en Rancagua el día 07 de noviembre de 2019. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha efectuado de los hechos materia del requerimiento, no se condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que atendida la circuns
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A ESTEBAN ALEJANDRO RODRÍGUEZ VALDEBENITO, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada, prevista y sancionada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal. Además se condena al pago de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada, porte de droga en lugares públicos, prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley 20.000, hechos ocurridos en Rancagua el día 07 de noviembre de 2019. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha efectuado de los hechos materia del requerimiento, no se condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que atendida la circunstancia atenuante que concurre respecto del imputado del artículo 11 N° 6 del Código Penal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la pena y sus efectos por el plazo de seis meses transcurrido el cual sin que sea objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. XWXXSVSXBX Carolina Pia Lazen Maldonado Juez de garantía Fecha: 11/01/2021 14:24:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano estab
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Audiencia celebrada mediante videoconferencia Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA siete de enero de dos mil veintiuno Ruc: 1901202688-1 Rit: 12376 - 2019 Hora Inicio: 10.36 Hora Término: 10.52 Juez: CAROLINA PIA LAZEN MALDONADO Tipo de Audiencia: Preparación de juicio simplificado I
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