MP C/ JORGE ANDRÉS VALENZUELA BUSTOS
Rol
O-9974-2020
Fecha
5 de enero de 2021
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto por los artículos 1°, 15 18, 11 N°9, 495 N°1 del Código Penal, y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Que se CONDENA a CHRISTIAN JAVIER PALMA HERRERA, cédula de identidad N°11.402.283-7, ya individualizado, como autor de la falta de contravenir las reglas de que autoridad dictare para conservar el orden público o evitar que se altere, hecho ilícito cometido por sentenciado el 3 de septiembre de 2020, en el territorio jurisdiccional de este tribunal, a la pena de un tercio de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena que se da por sustituida por el tiempo que estuvo privado de libertad entre el 3 y 4 de septiembre del 2020. Una vez que se encuentre ejecutoriada la sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, oficiando a la Contraloría General de la República y al Registro Nacional de Condenas. Téngase por ejecutoriada esta sentencia. Dictada por SYLVIA QUINTANA OJEDA, Jueza de Garantía de Valparaíso. /nsa LYSSXYXRV Sylvia Guillermina Quintana Ojeda Juez de garantía Fecha: 07/01/2021 16:58:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-01-07T16:58:19-0300 Corte Suprema Sylvia Guillermina Quintana Ojeda Verificación Legal
Fallo
se declara: Que se CONDENA a CHRISTIAN JAVIER PALMA HERRERA, cédula de identidad N°11.402.283-7, ya individualizado, como autor de la falta de contravenir las reglas de que autoridad dictare para conservar el orden público o evitar que se altere, hecho ilícito cometido por sentenciado el 3 de septiembre de 2020, en el territorio jurisdiccional de este tribunal, a la pena de un tercio de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena que se da por sustituida por el tiempo que estuvo privado de libertad entre el 3 y 4 de septiembre del 2020. Una vez que se encuentre ejecutoriada la sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, oficiando a la Contraloría General de la República y al Registro Nacional de Condenas. Téngase por ejecutoriada esta sentencia. Dictada por SYLVIA QUINTANA OJEDA, Jueza de Garantía de Valparaíso. /nsa LYSSXYXRV Sylvia Guillermina Quintana Ojeda Juez de garantía Fecha: 07/01/2021 16:58:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-01-07T16:58:19-0300 Corte Suprema Sylvia Guillermina Quintana Ojeda Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
RUC 2000905253-5 RIT 9974 – 2020 Imputado: CHRISTIAN JAVIER PALMA HERRERA, cédula de identidad N°11.402.283-7, domiciliado en Calle Guacolda casa B-5, Población Héroes del Mar, Cerro Los Placeres, comuna de Valparaíso. Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto por los artículos 1°, 15 18, 11 N°9, 495 N°1 del Código Penal, y artículos 388 y siguient
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