Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.

MP CALAMA C/ ALEXIS GIOVANNI QUEZADA URREJOLA

Rol

O-264-2019

Fecha

4 de enero de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos transcritos en la acusación, los imputados decidieron declarar en juicio señalando, cada uno lo siguiente: Alexis Giovanni Quezada Urrejola: que es drogadicto de siempre, a los 10 años empezó con la pasta base; ese día iba por la calle y le dicen que en tal casa hay droga, entró y pasó los mil pesos, le pasaron el papelillo y entró carabineros, todos comenzaron a arrancar, él arrancó y lo pilló carabineros y le dicen “cagaste indio de mierda”. El fiscal no hizo preguntas. A su defensa, señaló que estaba comprando en una casa grande media abandonada, cerca del Construmart, uno pasa la plata y le pasan la droga y te vas, no se ve nada para adentro, es de Concepción y no conoce mucho el lugar. La casa era en Sotomayor, hay 4 esquinas, en una esquina hay una iglesia gigante, por ahí es la casa. La casa es vieja y abandonada, se golpea la puerta y abren con un cordel y pasa a otra etapa que es cerrada y te atienden por una ventana, se ingresa para comprar mil pesos que es lo que cuesta la dosis, era pasta base. Cuando entras hay cámaras que te ven, cierran la puerta y preguntan cuanto quieres, y pasas la plata por un cuadradito y te pasan la dosis y te vas. Cuando llega carabineros quedó el despelote, todos arrancaron, se metió por un lado y arrancó, lo tiran al suelo. Tiene condenas por consumo de droga, no de tráfico. Esta afectado por este tema, solo quería comprar mil pesos. Preguntado por el tribunal, manifestó que arrancó por un espacio por el techo, subió y cayó al otro sitio, fue detenido dos cuadras más allá, era un despelote, no alcanzó a recibir ni el papel de luca que compró, no tenía ni droga ni dinero. Michael Eduardo Arévalo Lizana: Que es consumidor de droga desde los 13 años, y en ese tiempo perdió su trabajo en Calama, perdió su familia y se metió en la pasta base en Calama, de esa forma llegó a esa casa en Sotomayor con Brasilia a comprar, entró a comprar, la casa tiene otra parte adentro, entras y quedas en un espacio cerrado con una vent

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por sus jueces subrogantes doña Elsa Castro Lillo, doña María José Valladares Araya y la titular doña Rosa Caballero Burgos, se llevó a efecto el día veintiocho, veintinueve y treinta de diciembre de dos mil veinte, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N°264- 2019, acumulada a la 41 -2020, seguida en contra del acusado MICHAEL EDUARDO ARÉVALO LIZANA, cédula de identidad N°15.135.145-K, chileno, nacido el 5 de julio de 1982, en Talca , 38 años, soltero, operador, apercibido conforme al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de Pedro Aguirre Cerda N°2298 de Calama; ALEXIS GIOVANNI QUEZADA URREJOLA, cédula de identidad N°13.796.894-0, chileno, nacido el 12 de abril de 1978, en Concepción, 42 años, soltero, obrero, apercibido conforme al artículo 26 del Código Procesal Penal de Calama en el domicilio de calle Santa María N°110 en Calama, quienes fueron representados por la Defensora Penal Pública doña Marcela Fuentes Montero, cuyo domicilio y forma de notificación se encuentra registrado en el presente juicio. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal adjunto don Víctor Ravello Vidal, domiciliado en Avenida Granaderos N°2.426, Calama. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: “Por investigaciones previas que mantenía la sección de Carabineros OS7 de esta ciudad, se tomó conocimiento de actividades de tráfico de drogas en el domicilio ubicado en Calle Sotomayor Nº2686 de Calama. A raíz de lo anterior, esta Fiscalía en el mes de febrero de 2019, instruyó una Orden de Investigar, a fin de realizar una vigilancia en dicho inmueble. En estas circunstancias, se logró verificar que en dicho lugar se dedicaban a la venta de drogas en pequeñas cantidades a los adictos del sector. Es así que con fecha 19 de marzo del año 2019, en horas de la tarde, se logró controlar a dos compradores que momentos antes habían concurrido al TTLXSTXNWJ ROSA ANTONIETA CABALLERO BURGOS Juez Redactor Fecha: 04/01/2021 15:55:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl -2- domicilio de Calle Sotomayor N°2686 de Calama, encontrándoles envoltorios de papel blanco cuadriculado que mantenían en su interior pasta base de cocaína. Dichos antecedentes, fueron aportados al Juez de Garantía de Turno de esta ciudad, solicitando la autorización para la entrada, registro e incautación del inmueble antes singularizado; autorización que es otorgada con fecha 20 de marzo de 2019, alrededor de las 08:30 horas, razón p

Fallo

Se acuerda del procedimiento del auto de apertura que se exhibió, no sabe que paso con esos cuatro detenidos, los cuatro fueron sindicados como propietarios del inmueble de Sotomayor. Él se encontraba por calle Ramírez, solo, en la otra cuadra estaba Darwin Castro con visual hacia él, estaba en un vehículo policial, Darwin estaba por la arteria de Brasilia, de infantería a pie, estaba con gente de la 1° comisaría de Calama, por radio Arellano le indicó que huían dos personas, solo dijo que eran dos personas, él realiza la detención, los detiene casi al llegar a calle Brasilia, los detenidos eran Jonathan Crespo Antelo y Alexis Quezada Urrejola, ellos no portaban nada al momento de la detención, tampoco identificaciones, ni droga ni dinero. Después dejó los detenidos en el frontis en un carro policial para la custodia y entró al domicilio y estaba la evidencia que mostró el fiscal, se encuentra con la puerta descerrajada interior ya con el ariete hecho y en el sector de televisores había gente de ellos haciendo el set fotográfico y levantando evidencias, había un detenido más, cree que estaba ahí mismo, en el mismo lugar donde estaban las bolsas de evidencia, era como un living. Repreguntado por el Fiscal agregó que, al llegar al lugar, vio la puerta de ingreso al inmueble descerrajada, la persona que estaba detenida estaba en el mismo lugar donde estaban las bolsas, donde estaban los televisores entre la reja de malla y perfil y un muro trasero también con perfiles. 5.- CA

Texto Completo (Preview)

-1- C/ MICHAEL EDUARDO ARÉVALO LIZANA y ALEXIS GIOVANNI QUEZADA URREJOLA RIT: 264-2019 acumulada RIT 41-2020 RUC: 1900300794-7 MICROTRAFICO. Calama, cuatro de enero de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por sus jueces subrogantes doña Elsa Castro Lillo, doña María Jo

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