JUAN MAURICIO LOPEZ AUGERAUD C/ FELIPE JAVIER URTUBIA VERGARA
Rol
O-1721-2020
Fecha
29 de diciembre de 2020
Materia
DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130, DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de junio de , alrededor de las horas, mientras existía cuarentena debidamente decretada por la autoridad y publicada en el diario oficial el imputado JESÚS FRANCISCO FLORES MONTECINOS junto al co-imputado Juan Hidrobo Cerda y junto a sujetos aun no individualizados al no ser autorizados al ingresar a un funeral al cementerio Metropolitano ubicado en José Joaquín Prieto a la altura del N° , Lo Espejo, comenzaron a lanzar objetos contundentes y potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales ingresando mediante escalamiento al cementerio causando daños en arboles, panderetas, mts lineales del cerco electrico, daños avaluados en la suma de $ millones según la víctima, en el caso de los imputados Juan Hidrobo Cerda y Juan Vargas Peña poniendo la salud pública en peligro en tiempos de pandemia covid- . Se declara: l.- Se condena a JESÚS FRANCISCO FLORES MONTECINOS ya individualizado, como autor del delito de daños, cometido el día de junio de en grado de desarrollo de consumado, al pago de una multa a beneficio fiscal de ocho ( ) unidades tributarias mensuales. Il.- Que se le condena asimismo como autor de la infracción al artículo septis del Código Penal, cometido el día de junio de en grado de desarrollo de consumado, a la pena de cuarenta y un ( ) días de prisión en su grado máximo, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena, sin costas. II.- Que la multa impuesta previa conversión en veinticuatro días de reclusión y la pena de prisión de cuarenta y un días, se le tienen por cumplidas con el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa entre el día y de junio de detenido; y desde esa fecha al día de hoy con reclusión parcial nocturna. Regístrese y dese cumplimiento al artículo 4 del Código Procesal Penal, téngase presente la renuncia de los plazos legales por parte de los intervinientes y esta sentencia por ejecutoriada. El Registro Civil deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el
Fallo
Se declara: l.- Se condena a JESÚS FRANCISCO FLORES MONTECINOS ya individualizado, como autor del delito de daños, cometido el día de junio de en grado de desarrollo de consumado, al pago de una multa a beneficio fiscal de ocho ( ) unidades tributarias mensuales. Il.- Que se le condena asimismo como autor de la infracción al artículo septis del Código Penal, cometido el día de junio de en grado de desarrollo de consumado, a la pena de cuarenta y un ( ) días de prisión en su grado máximo, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena, sin costas. II.- Que la multa impuesta previa conversión en veinticuatro días de reclusión y la pena de prisión de cuarenta y un días, se le tienen por cumplidas con el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa entre el día y de junio de detenido; y desde esa fecha al día de hoy con reclusión parcial nocturna. Regístrese y dese cumplimiento al artículo 4 del Código Procesal Penal, téngase presente la renuncia de los plazos legales por parte de los intervinientes y esta sentencia por ejecutoriada. El Registro Civil deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo de la ley en cuanto a la omisión de la condena en sus antecedentes para fines laborales Déjese sin efecto cautelares vigentes Dirigió la audiencia y dictó sentencia don CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS, Juez titular del ° Juzgado de Garantía de Santiago.- RXWMSSQTZY CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS Juez de garantía Fecha: 31/12/2020 13:50:00 ESTE DO
Texto Completo (Preview)
RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : - RIT : - DELITOS : DAÑOS SIMPLES Y ART SEPTIS DEL CÓDIGO PENAL NOMBRE IMPUTADO : JESÚS FRANCISCO FLORES MONTECINOS. CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : CALLE ORIENTE 4 – LO ESPEJO FISCAL : CAROLINA PARDO MUÑOZ DEFENSOR PÚBLICO : ROBERTO PASTEN SAAVEDRA CIRCUNST. MODIF. : ATENUANTES N° y CÓDIGO PENAL TIPO DE RESOLUCION : SENTENCIA PR
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