Juzgado de Garantía de Calama.

ISAAC IGNACIO HIDALGO SAAVEDRA C/ JUAN JOSE MOSCOSO MIRANDA

Rol

O-2830-2019

Fecha

29 de diciembre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 19 de septiembre de 2018 cerca de las 01:15 horas de la madrugada el ACUSADO conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, ya que nunca ha obtenida la misma, el vehículo marca Chevrolet, modelo Luv, PPU., NB-9870, por calles de esta ciudad. En el contexto anterior Carabineros que realizaba controles preventivos en la intersección de calle Hurtado de Mendoza con Pedro de Valdivia de esta ciudad, así fiscalizan al ACUSADO y observan que se encontraba conduciendo en evidente estado ebriedad, lo que les constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, e incoherencia al hablar, presentando inestabilidad al bajarse del móvil. Por esta condición es trasladado hasta el servicio de urgencia del hospital local, allí le efectuaron una extracción sanguínea la cual se envió al el servicio médico legal de la ciudad de Antofagasta, y a través de la alcoholemia N° 3397/2018, arrojo un resultado de 1.44 gramos de alcohol en litro de sangre. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, veintinueve de diciembre de dos mil veinte Y de conformidad con lo previsto en el artículos 1, 3, 5, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 70 del Código Penal, artículos 110, 196, 209 Ley 18.290, artículos 388, 389, 393 bis, 395, 407 del Código Procesal Penal y Ley 18.216, se declara: I. Que, se condena a JUAN JOSE MOSCOSO MIRANDA, cedula de identidad N° 0026435910-4, ya individualizado, a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de LPNDSSZWBW Maria Jose Salas Campos Juez de garantía Fecha: 31/12/2020 10:16:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA

Fallo

se declara: I. Que, se condena a JUAN JOSE MOSCOSO MIRANDA, cedula de identidad N° 0026435910-4, ya individualizado, a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de LPNDSSZWBW Maria Jose Salas Campos Juez de garantía Fecha: 31/12/2020 10:16:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:dnba2323@gmail.com Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290 en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 19 de septiembre de 2018. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo mínimo establecido en la Ley, esto es, un año debiendo para tales efectos presentarse ante el Centro de Reinserción Social de correspondiente a su domicilio al quinto día de ejecutoriada l

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARACION DE JUICIO ORAL / PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 2830 - 2019 RUC : 1800909448-9 FECHA : veintinueve de diciembre de dos mil veinte HORA INICIO : 10:19 hrs. HORA TÉRMINO : 10l:38 hrs. DELITO : Conduccion en estado de ebriedad sin licencia JUEZ : MARIA JOSE SALAS CAMPOS FISCAL : RAÚL FERNANDO MARABOLÍ SALAS DEFENSOR : NICOL PAULINA PALMA MOSCOSO IMPUTADO : JUAN JOSE MOS

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