RAIMIL/RIPLEY STORE SPA
Rol
M-725-2020
Fecha
26 de noviembre de 2020
Materia
Comisiones, Costas, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1. DOCUMENTAL DEMANDANTE X 2. EXHIBICION DOCUMENTAL DEMANDANTE X 3. DOCUMENTAL DEMANDADO X 4. TESTIMONIAL DEMANDADO X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · SENTENCIA X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, todo conforme a los acuerdos del Comité de Jueces de fechas 16, 18 y 26 de marzo y de 3 de abril de 2020. Contestación de la demanda. La demandada hace uso de su derecho a contestar la demanda. -Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben - El Tribunal resuelve: Téngase por contestada verbalmente la demanda de autos. Conciliación. Se fija como monto base para efectos de conciliación la suma de $200.000, lo que no es aceptado por las partes. RECEPCIÓN DE LA CAUSA A PRUEBA Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Efectividad de adeudarse a la demandante sumas dinerarias por concepto de comisiones respecto de los meses de abril, mayo y doce días de junio del año 2020. En la afirmativa, monto y periodo de las mismas 2.
Fundamentos
Fundamentos o motivos de la demandada para proceder al cierre del local comercial en donde prestaba servicios el actor desde el día 19 de marzo y hasta el 19 de junio, ambos del año 2020. Medios de prueba. PARTE DEMANDANTE Documental: La parte demandante ofrece, rinde e incorpora: 1. Contrato de trabajo de fecha 04 de junio de 2012, suscrito entre las partes de este juicio y anexos de contrato de trabajo de fechas 04 de junio de 2012, 04 de julio de 2012, 03 de agosto de 2012. 2. Liquidaciones de remuneración de los meses de enero, febrero, marzo y abril todos del año 2020. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida y rendida la documental de la parte demandante, incorpórense estos instrumentos al juicio. Exhibición de documentos. Se solicita que la demandada de autos exhiba los siguientes documentos bajo el apercibimiento del artículo 453 N° 5 del Código del Trabajo. 1. Liquidación de remuneraciones del actor de los meses de abril, mayo, y junio del año 2020. 2. Registro de asistencia de los meses de enero 2020 a junio del año 2020 ambos meses inclusive. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida y rendida la exhibición documental, incorpórense estos instrumentos al juicio. PARTE DEMANDADA Documental: La parte demandada ofrece, rinde e incorpora: 1. Contrato de trabajo de fecha 4 de junio de 2012, junto a sus respectivos anexos y actualizaciones de contrato. 2. Decreto N° 1165, de fecha 18 de marzo de 2020, de la Ilustrísima Municipalidad de Valparaíso. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida y rendida la documental de la parte demandada, incorpórense estos instrumentos al juicio y, para tal efecto digitalícense. Testimonial: Previo juramento de rigor presta declaración: 1. Eduardo Humberto Bernal Fariña, RUT N°15.561.400-5, nacido el 19 de mayo de 1983, en Viña del Mar, soltero, domiciliado en Avenida Cuarta con Calle 18 N°133, Paradero 16, Reñaca Alto, Viña del Mar El Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba testimonial de la parte demandada. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Los abogados de las partes hicieron uso de su derecho a formular observaciones a la prueba. - Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben. – Siendo las 13:55 horas se reanuda audiencia para proceder a dictar sentencia. Dictación y Notificación de la Sentencia. Valparaíso, a veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veinte. Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, vistos lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 21, 22, 41, 42, 54, 58, 500 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se rechaza en todas sus partes la demanda de cobro de prestaciones, deducida por ALEJANDRO MAXIMILIANO RAIMIL VELIZ, RUT N°14.519.088-9,, en contra de RIPLEY STORE SpA. RUT N°76.879.810-9, representada legalmente por don Leonardo Retamal Quezada, todos ya individualizados, II. Que no se condena en costas a la demandante los motivos ya expresados. III. Devuélvase a los intervinientes los documentos que han sido incorporados a la causa, una vez que sea ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas en esta audiencia. RIT M-725-2020 RUC 20-4-0284017-0 Dictada en audiencia por don JOSÉ ANTONIO CIFUENTES GIL, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 14:15 horas, se pone término a la audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinte.
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 24 de noviembre de 2020. RUC 20-4-0284017-0 RIT M-725-2020 MAGISTRADO JOSÉ ANTONIO CIFUENTES GIL ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javiera Barra Quevedo SALA VIRTUAL 8 HORA DE INICIO 11:50 horas. HORA DE TÉRMINO 14:15 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 20-4-0284017-0-
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