8º Juzgado de Garantía de Santiago

CHRISTIAN ANDRÉS SEYMOUR SUAZO C/ PABLO FRANCISCO CÁRDENAS MELO

Rol

O-7333-2020

Fecha

28 de diciembre de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que el fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado en presencia de la querellante Caroline Muñoz Avendaño en representación de la víctima Cristián Seymour, a PABLO FRANCISCO CÁRDENAS MELO, cédula nacional de identidad N° 16.879.049-K, mayor de edad de 32 años de edad, nacido el día 15 de Junio de 1988 en Loncoche, soltero, ayudante de jornal, trabaja con su padre quien es contratista, con domicilio en Los Cedros N° 4432 comuna de Macul, ya individualizado en la presente audiencia, asistido por el defensor penal público, Felipe Caños, en calidad de autor de dos delitos de Robo en Bien Nacional de Uso Público, prescrito y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, participación en calidad de autor, grado de desarrollo frustrado y en calidad de autor de un delito consumado de peligro a la salud pública, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, a fin que acepten responsabilidad. Que llevada a cabo la audiencia respectiva con la presencia del fiscal del ministerio público, querellante, el imputado y el abogado defensor público se preguntó a éste si admitía responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, o si por el contrario, solicitaría la realización de juicio a lo cual respondió que admitía responsabilidad en los hechos. Tras la admisión de responsabilidad el Tribunal dictó sentencia inmediatamente. C O N S I D E R A N D O: 1) Que el fiscal requirió al imputado, ya individualizado, sobre la base del siguiente hecho: “El día 16 de Septiembre de 2020, en horas de la madrugada, el imputado Pablo Cárdenas Melo concurrió a calle Passy frente al Nº 089, comuna de Providencia, lugar desde donde, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, sustrajo los espejos retrovisores del vehículo marca Chevrolet Captiva PPU DXJF.85 el que había sido dejado estacionado en el lugar por don Christian Seymour Suazo y del vehículo BMW 320I PPU GKPH.64, el que había sido dejado estacionado e

Fallo

SE DECLARA: 1.- Que se condena, sin costas, a don PABLO FRANCISCO CÁRDENAS MELO, a la pena única de CIEN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de DOS delitos de Robo en Bienes Nacionales de Uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 en relación al artículo 432 del Código Penal en grado de desarrollo frustrado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal, y a la pena de multa ascendente a UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de UN delito consumado de Poner en Peligro la Salud Pública, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, por el hecho acaecido en la jurisdicción del tribunal con fecha 16 de Septiembre de 2020. 2.- Que al sentenciado, PABLO FRANCISCO CÁRDENAS MELO, se le tendrá por cumplida la pena privativa de libertad antes indicada en atención al tiempo que va desde el 16 de septiembre de 2020, oportunidad en la cual pasó a audiencia de control de la legalidad de la detención y hasta el 24 de Diciembre de 2020, por lo cual se le tendrá por cumplida la pena corporal antes indicada. 3.- Que en cuanto a la pena de multa, realizada la conversión dispuesta en el artículo 49 del Código Penal, éste corresponde a tres días, y atendido que el condenado estuvo privado de libertad desde el día 25 de Diciembre de 2020 y hasta el día de hoy, se le tendrá por cumplida en atención al mayor tiempo que ha estado priv

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veinte. VISTOS: Que el fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado en presencia de la querellante Caroline Muñoz Avendaño en representación de la víctima Cristián Seymour, a PABLO FRANCISCO CÁRDENAS MELO, cédula nacional de identidad N° 16.879.049-K, mayor de edad de 32 años de edad, nacido el día 15 de Juni

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