Juzgado de Letras y Garantía de Traiguen.

NICOLAS FRANCISCO MONTECINO SEGURA C/ LISANDRO ANTONIO HENRÍQUEZ SEPÚLVEDA

Rol

O-326-2020

Fecha

30 de septiembre de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Fallo

se resuelve: I.- Que se ACOGE, sin costas, el requerimiento del Ministerio Público presentado por el Fiscal Adjunto, en contra del imputado(a) LISANDRO ANTONIO HENRIQUEZ SEPÚLVEDA, cédula de identidad N° 19.566.653-9. No concurriendo circunstancias agravantes de responsabilidad y atendido lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se hace uso de la facultad que establece la citada norma y, en consecuencia, se rebaja la multa en un monto inferior al mínimo legal y se ordena, a este último, a pagar la multa de 1 Unidad Tributaria Mensual. como Autor. del delito falta de INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD”. II.- Se SUSPENDE LA PENA Y SUS EFECTOS POR UN PLAZO DE SEIS MESES, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido el plazo anterior sin que los imputados hubieren sido objeto de nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, el tribunal dejará sin efecto la sentencia y, en su reemplazo, decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. III.- En el evento de pagar, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, dentro de los 15 días siguientes a la notificación, copia del cual deberá ser presentado al tribunal dentro de quinto día efectuado el pago, bajo apercibimiento de no tenerse por cumplida la sentencia. Si el(la) imputado(a) paga la multa impuesta dentro del plazo indicado, solo estará obligado a ente

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APRUEBA ART. 392 Traiguén., treinta de septiembre de dos mil veinte A todo: Atendida la presentación del Ministerio Publico, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 390 inciso 2º, 391 y 392 del Código Procesal Penal y encontrándose el requerimiento suficientemente fundado, se resuelve: I.- Que se ACOGE, sin costas, el requerimiento del Ministerio Público presentado por el Fiscal Adjunto,

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