CARLOS HERNAN DELGADO ARISTONDO C/ NICOLÁS RODRIGO VALENZUELA MILOSAVLJEVIC
Rol
O-218-2020
Fecha
23 de diciembre de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 03 de octubre de 2019, alrededor de las 04:05 horas, el imputado Nicolás Rodrigo Valenzuela Milosavljevic condujo en estado de ebriedad el vehículo marca Subaru, modelo Impreza, placa patente PT-8568, por calle Decher, intersección con calle San Martín, de la comuna de Puerto Varas, lo que constó a los funcionarios de Carabineros que lo fiscalizaron en dicha intersección, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencias al hablar e inestabilidad al caminar, practicándosele prueba respiratoria, la que arrojó como resultado 1.81 gramos por litro de alcohol en el organismo, y ratificada la ebriedad del imputado Valenzuela Milosavljevic mediante informe de alcoholemia del Servicio Médico Legal de Valdivia, el que arrojó como resultado dos coma dieciocho (2,18) gramos por mil de alcohol en la sangre. Puerto Varas, a veintitrés de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 25, 30, 49 y siguientes, 50, 67, 69, 70 del Código Penal; Código Procesal Penal, Ley 18.290 y Ley 18.216; SE DECLARA: I. Que SE CONDENA al imputado NICOLÁS RODRIGO VALENZUELA MILOSAVLJEVIC, cédula de identidad Nº 17401859-6, domiciliado en Calle MAIPO 1170 CASA Nº 13, comuna de Puerto Varas, teléfono 99492846, mail nvalenzuelamilosavljevic@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, ocurrido el día 03 de octubre de 2019 en Puerto Varas, previsto y sancionado en el artículo 196, de la ley de Tránsito N°18.290, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS (41) DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa equivalente a UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, DOS (2) AÑOS de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR. II. Que cumpliendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento d
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE CONDENA al imputado NICOLÁS RODRIGO VALENZUELA MILOSAVLJEVIC, cédula de identidad Nº 17401859-6, domiciliado en Calle MAIPO 1170 CASA Nº 13, comuna de Puerto Varas, teléfono 99492846, mail nvalenzuelamilosavljevic@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, ocurrido el día 03 de octubre de 2019 en Puerto Varas, previsto y sancionado en el artículo 196, de la ley de Tránsito N°18.290, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS (41) DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa equivalente a UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, DOS (2) AÑOS de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR. II. Que cumpliendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL, sujeto al control de Gendarmería Centro de Reinserción Social de Puerto Montt, correspondiente al lugar de su domicilio, por el plazo de UN AÑO, donde se remitirán las copias correspondientes. Para ello deberá presentarse el sentenciado dentro del plazo de cinco días siguientes a la fecha en que se encuentre ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de orden de detención, sin abonos a considerar. III. Que la multa impuesta, la pagará en TRES (3) cuotas de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL cada una, con vencimiento el último día hábil de cada mes, comenzand
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 03 de octubre de 2019, alrededor de las 04:05 horas, el imputado Nicolás Rodrigo Valenzuela Milosavljevic condujo en estado de ebriedad el vehículo marca Subaru, modelo Impreza, placa patente PT-8568, por calle Decher, intersección con calle San Martín, de la comuna de Puerto Varas, lo que constó a los funcionarios de Carabineros que lo fiscal
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