Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ BORIS JAVIER ORELLANA HERRERA

Rol

O-15051-2020

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: I.- Que, el Ministerio Público ha presentado en esta audiencia requerimiento verbal para proceder de acuerdo al procedimiento monitorio, en contra de don BORIS JAVIER ORELLANA HERRERA, ya individualizado al inicio de la audiencia, requerimiento fundado en los hechos, calificación jurídica, participación culpable y circunstancias modificatoria de responsabilidad penal que fueron esgrimidos en el requerimiento que presentó por escrito y que también verbalmente lo hizo el día 09 de noviembre del año 2020, en el control de detención. Aquellos

Fundamentos

fundamentos se tienen por reproducidos para todo efecto legal, atendido también la presencia del requerido y su defensa en esa audiencia, propone en ese sentido el Ministerio Público en imponerle al imputado una pena de multa que deja a criterio del Tribunal. II.- Que, con los antecedentes expuestos en esta audiencia por el Ministerio Público que se dan expresamente reproducidos, atendido que se encuentran en el registro de audio y además los antecedentes del requerimiento que se encuentran en el registro informático del Tribunal y que también fueron dados a conocer a la defensa, el Tribunal estima que el requerimiento se encuentra suficientemente fundado, así como la pena de multa propuesta y, hará, además aplicación a lo dispuesto en el articulo 70 del Código Penal, teniendo presente la contingencia mundial del virus Covid-19 y la contingencia económica nacional por efecto de aquel mismo otro supuesto que esta ocurriendo. Teniendo presente aquello y, además, lo dispuesto en el artículo 391, 392 del Código Procesal Penal; lo dispuesto en los artículos 318 del Código Penal y disposiciones reglamentarias y sanitarias pertinentes relacionadas con lo mismo;

Fallo

se declara que: III.- Que, se acoge el requerimiento del Ministerio Público, presentado en contra de don BORIS JAVIER ORELLANA HERRERA, ya individualizado al inicio de la audiencia y se le condena como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal y demás disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 08 de noviembre del año 2020 en territorio de esta jurisdicción, al pago de una multa de 1/3 de U.T.M, y, además de aquello, atendido la naturaleza de esta resolución y, entendiendo el Tribunal que es más beneficioso para el imputado, hará aplicación a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, por lo que se suspenderá la sentencia y cumplimiento de la misma. Dirigió la audiencia y resolvió AIDA CECILIA TORRES SALGADO, Juez de Garantía de Viña del Mar. GXKXSQBCPX Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 22/12/2020 10:52:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-12-22T09:52:18-0400 Corte Suprema Aida Cecilia Torres Salgado Verificación Legal

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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, dieciseis de diciembre de dos mil veinte RUC 2001130390-1 RIT 15051-2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA BORIS JAVIER ORELLANA HERRERA 0020012449-9 Calle Primera Transversal, Pasaje Tres N°915, Los Troncos. Concón. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: I.- Que, el Ministerio Público ha presentado en esta audiencia requerimiento verbal para proceder de acuerdo al procedi

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