MINISTERIO PUBLICO C/ DIEGO PEÑA MORON
Rol
O-13067-2019
Fecha
20 de diciembre de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 17 de diciembre de 2019, en horas de la mañana, en circunstancias que el imputado se desempeñaba en estado de ebriedad, en la conducción del camión placa patente boliviana N° 3075-FIU, por la Ruta 11CH a la altura del kilómetro 3, 5 en esta ciudad, momentos en que perdió el control del móvil, balanceándose hacia unas barreras y conos de seguridad existentes en el camino causando daños en dichos implementos, avaluados en la suma de $141.000. Posteriormente al concurrir personal de Carabineros, pudieron percatarse que éste se desempeñaba en manifiesto estado de ebriedad, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, siendo detenido, previa lectura de derechos. La ebriedad del conductor que fue ratificada con posterioridad mediante el informe de alcoholemia respectivo, el que arrojó un resultado de 3,09 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de la muestra. “ Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 de Tránsito. Le atribuye participación en calidad de autor ejecutor y el delito se encuentra consumado. XXFYSPFVLK CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 08:28:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Indica las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del artículo 11 Nos. 6 y 9 del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos d
Fallo
se declara legal la detención. Despáchese contraorden. Procedimiento Simplificado: El Ministerio Público requiere en procedimiento simplificado por los siguientes hechos: “El día 17 de diciembre de 2019, en horas de la mañana, en circunstancias que el imputado se desempeñaba en estado de ebriedad, en la conducción del camión placa patente boliviana N° 3075-FIU, por la Ruta 11CH a la altura del kilómetro 3, 5 en esta ciudad, momentos en que perdió el control del móvil, balanceándose hacia unas barreras y conos de seguridad existentes en el camino causando daños en dichos implementos, avaluados en la suma de $141.000. Posteriormente al concurrir personal de Carabineros, pudieron percatarse que éste se desempeñaba en manifiesto estado de ebriedad, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, siendo detenido, previa lectura de derechos. La ebriedad del conductor que fue ratificada con posterioridad mediante el informe de alcoholemia respectivo, el que arrojó un resultado de 3,09 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de la muestra. “ Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 de Tránsito. Le atribuye participación en calidad de autor ejecutor y el delito se encuentra consumado. XXFYSPFVLK
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veinte de diciembre de dos mil veinte. Magistrada CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal GONZALO FIGUEROA CABELLO Defensor NICOLÁS ERNESTO ARÉVALO JARA Tipo Audiencia Control de detención Hora inicio 13:09 Hora termino 13:23 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio Acta JPastén RUC 1901365503-3 RIT 13067 - 2019 Nombre Imputado Rut Dirección Comun
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