BEROIZA/ADMINISTRADORA PLAZA S.A.
Rol
O-7503-2019
Fecha
23 de noviembre de 2020
Materia
Costas, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no controvertidos: 1) Que, la demandante se desempeñó para la demandada como relacionador comercial desde 21 de noviembre de 2014. 2) Que, la relación laboral concluyó el día 14 de mayo de 2019, por despido dispuesto por la demandada. A probar: 1) La remuneración pactada y efectivamente percibida por la prestación de los servicios, rubros de que se componía. 2) Jornada pactada para la prestación de los servicios; acreditada la cual, efectividad de haberse desempeñado la demandante en exceso de la jornada pactada. En la afirmativa, número de horas trabajadas y periodo durante la cual esta se laboraron y si la demandada adeudada alguna suma de dinero por este concepto. 3) Forma en que se verificó durante la relación laboral el pago de la gratificación por parte del empleador. Acreditado lo cual, si la demandada adeuda alguna suma de dinero por este concepto, monto y periodo que se adeuda. 4) Efectividad de adeudar la demandada a la actora las siguientes prestaciones: gratificaciones, feriados y descuento indebido de las remuneraciones. En la afirmativa, monto y periodo que se adeuda respecto de cada una. 5) Efectividad de adeudar la demandante a la demandada alguna suma de dinero. En la afirmativa, naturaleza y monto de la deuda. CUARTO: En juicio se incorpora: Demandante-documental 1) Liquidaciones de sueldo de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2018 y de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019. 2) Certificado de pago de cotizaciones previsionales del periodo comprendido entre los meses de noviembre de 2014 al mes de abril de 2019. 3) Proyecto de finiquito enviado a la demandante de fecha 24 de mayo de 2019. 4) Carta de aviso de despido de fecha 14 de mayo de 2019. 5) Anexo de contrato de trabajo descuento por planilla “Compras del personal 2018” de fecha 9 de noviembre emanado de la demandada. Testimonial de Teresa Riquelme y de Bruno Lavadens quienes legalmente juramentados prestaron dec
Fallo
Por lo expuesto se dará lugar a la excepción y hasta por la suma de $725.726 y se dará lugar a la demanda reconvencional por el saldo pendiente de $98.903. SEXTO: La prueba ha sido analizada conforme las reglas de la sana crítica y el restante material probatorio en nada altera lo resuelto precedentemente. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 453 y siguientes del Código del trabajo se resuelve: I.- Se acoge la demanda interpuesta por Paz Beroiza en contra de Administradora Plaza S.A y la demandada deberá pagar la suma $725.726 por concepto de feriados pendientes. II.- Se acoge la excepción de compensación y hasta por la suma de $725.726. III.- Se rechaza en lo demás la demanda. IV.- Se acoge la demanda reconvencional en contra de Paz Beroíza y hasta por la suma de $98.903. V.- No se condenará en costas a la demandante por estimar plausible la acción. VI.- Ejecutoriada la presente sentencia dese cumplimiento a ella dentro de quinto día en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza para su ejecución. Regístrese y archívese en su oportunidad RIT O-7503-2019 Dictado por Yelica Marianella Montenegro Galli Jueza Titular del Segundo Juzgado del trabajo de Santiago
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Santiago a veintitrés de noviembre de dos mil veinte PRIMERO: Que ha comparecido PAZ CONSTANZA BEROIZA VILLACURA cédula de identidad 17.873.123-8 domiciliada en calle Sargento Menadier 4183 Puente Alto e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de ADMINISTRADORA PLAZA S.A RUT 99.581.960-0 representada por Iván Contreras Mi
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