M.P. C/ RICARDO ANDRÉS NÚÑEZ FAÚNDEZ
Rol
O-2515-2020
Fecha
14 de diciembre de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: San Fernando, catorce de diciembre de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 5, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, 11 N° 6 y 318 del Código Penal; Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANYELO ANDRÉS NILO SILVA, cédula de identidad 0020462893-9, domiciliado en Villa Ester Dos, Pasaje Francia N° 0477, de San Fernando, a sufrir una pena de multa de UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ello como autora del delito de INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO PENAL, hecho cometido en San Fernando, el día 15 de julio del año 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que, en el evento que el sentenciada no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose ésta en un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ello pueda exceder de seis meses. IV.- Que apareciendo aconsejable en atención a la falta de antecedentes penales respecto del imputado, se suspende la pena por el lapso de seis meses transcurrido dicho plazo sin que fuere objeto de un nuevo requerimiento o una nueva formalización de conformidad al artículo 398, se dejará sin efecto esta sentencia y en su lugar se decretara el sobreseimiento definitivo de la presente causa. XRDKSPEJXD Maria Teresa Rodriguez Fondon Juez de garantía Fecha: 18/12/2020 17:44:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano est
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 5, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, 11 N° 6 y 318 del Código Penal; Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANYELO ANDRÉS NILO SILVA, cédula de identidad 0020462893-9, domiciliado en Villa Ester Dos, Pasaje Francia N° 0477, de San Fernando, a sufrir una pena de multa de UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ello como autora del delito de INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO PENAL, hecho cometido en San Fernando, el día 15 de julio del año 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que, en el evento que el sentenciada no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose ésta en un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ello pueda exceder de seis meses. IV.- Que apareciendo aconsejable en atención a la falta de antecedentes penales respecto del imputado, se suspende la pena por el lapso de seis meses transcurrido dicho plazo sin que fuere objeto de un nuevo requerimiento o una nueva formalización de conformidad al artículo 398, se dejará sin efecto esta sentencia y en su lugar se decretara el sobreseimiento definitivo de la presente causa. XRDKSPEJXD Maria Ter
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AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO catorce de diciembre de dos mil veinte Ruc: 2000712551-9 Rit: 2515 - 2020 Hora Inicio: 10:05 Hora Término: 10.19 Imputado: ANYELO ANDRÉS NILO SILVA C.I. N° 0020462893-9 Comparece: SI Domicilio: VILLA ESTER DOS, PASAJE FRANCIA N° 0477, SAN FERNANDO Fiscal: KAROL ANDREA AGUILAR TRUJILLO Defensor: LUIS ALFONSO CORNEJO GONZÁLEZ Reg. Aud./Trans.: Pablo Montecinos
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