Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ ISAAC DANIEL NAVARRO ARAYA

Rol

O-9389-2020

Fecha

17 de diciembre de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “En horas de la mañana del día 26 de agosto de 2020, los imputados fueron sorprendidos por personal de carabineros en Avenida Argentina esquina Juana Ross, sin contar con permiso temporal que los habilitara para andar en la vía pública poniendo en riesgo la salud pública, mediante la resolución exenta N° 1520 del 8 de julio del presente año, y sus respectivas prórrogas, que obligaba a los habitantes de Valparaíso a mantenerse en su domicilio como medida de aislamiento para prevenir el contagio de la enfermedad Covid-19”. Valparaíso, diecisiete de diciembre de 2020. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en audio, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por todo lo anterior y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 1, 14, 24, 25, 495 N° 1 del Código Penal, artículo 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a ISAAC DANIEL NAVARRO ARAYA, cédula de identidad N° 16.775.181-4, y a JOSHUA NICOLÁS LABARCA ORELLANA, cédula de identidad N° 19.329.386-7, ya individualizados, como autores de la falta contemplada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal, que se encuentra consumada, cometida el día 26 de agosto de 2020, a sufrir la pena de MULTA, cada uno de ellos, UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal. XGVFSPBHFQ Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 14:41:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Se tiene por cumplida la pena por el tiempo que los sentenciados estuvieron privados de libertad con motivo de esta causa,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a ISAAC DANIEL NAVARRO ARAYA, cédula de identidad N° 16.775.181-4, y a JOSHUA NICOLÁS LABARCA ORELLANA, cédula de identidad N° 19.329.386-7, ya individualizados, como autores de la falta contemplada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal, que se encuentra consumada, cometida el día 26 de agosto de 2020, a sufrir la pena de MULTA, cada uno de ellos, UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal. XGVFSPBHFQ Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 14:41:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Se tiene por cumplida la pena por el tiempo que los sentenciados estuvieron privados de libertad con motivo de esta causa, que corresponde al mismo día 26 III.- Que no se condena en costas a los imputados por haber admitido responsabilidad. Una vez firme la sentencia se ordena comunicar lo resuelto al Registro Nacional de Condenas. Se renuncia a los recursos. Regístrese. RUC N° 2000872235-9 RIT N° 9389-2020 Dictada por doña JEANETTE OLIVA CANALES, Jueza Titular de Garantía de Valparaíso. /fll XGVFSPBHFQ Jeanette Mireya Oliva Canales Juez

Texto Completo (Preview)

RUC N° 2000872235-9 RIT N° 9389-2020 C/ ISAAC DANIEL NAVARRO ARAYA, cédula de identidad N° 16.664.536-0, nacido el 5 de mayo de 1987, se ignora actividad y oficio, domiciliado en calle Eloy Alfaro N° 362, Cerro Barón, Valparaíso. Y don JOSHUA NICOLÁS LABARCA ORELLANA, cédula de identidad N° 19.329.386-7, nacido el 17 de abril de 1997, se ignora actividad y oficio, domiciliado en calle Eloy Alfaro

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