C/ BRAYAN ISAÍAS RÍOS YÁÑEZ
Rol
O-9964-2019
Fecha
16 de diciembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º Que en la audiencia celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía en presencia del Sr. Fiscal Adjunto don Marcos Paredes previo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de BRAYAN ISAIAS RÍOS YÁÑEZ, chileno, 26 años de edad, nacido el 26 de agosto de 1994, cédula de identidad N° 18881355-0, domiciliado en calle Los Litres N|10936, Block 3 departamento E-12, comuna de La Florida, por el siguiente hecho; Que el día 22 de octubre de 2019,a las 13:00 aproximadamente el requerido con 3 sujetos más y un grupo de personas y en el contexto de múltiples saqueos al comercio del país destruyeron totalmente la reja perimetral de acceso del supermercado Santa Isabel, ubicado en Vicuña Mackenna N°11145, comuna de La Florida, procediendo a ingresar y apropiarse de diversas especies tales como; paquetes de fideos, paquetes de arroz, bolsas de vienesas, tarros de atún, paquetes de azúcar, paquetes de porotos, paquetes de lentejas u otros, para luego introducirlos en el maletero del vehículo placa patente VX3611, el que era conducido por requerido, siendo detenidos por carabineros quienes los detienen con las especies y que fueron recuperadas. A juicio del Ministerio Público, los hechos, antes descritos, son constitutivos del delito de robo en lugar no habitado, frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del Código Penal, y se le atribuye una participación en calidad de autor en ese ilícito. En razón de la admisión de responsabilidad efectuada por el requerido el Sr. Fiscal y de asistirle la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N°9 del Código Penal y de perjudicarle la agravante de responsabilidad del artículo 12 N°10 del mismo cuerpo legal, solicitó se le imponga la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, que se le exima del pago de las costas de la causa. 2° Que luego de advertir al requerido de todos los derechos que le asisten, en especial de su derecho a la realización de un juicio oral, éste decidió admitir su responsabilidad en la presente audiencia, tomando conocimiento de los antecedentes reunidos en el curso de la investigación, señalados por la señora fiscal como elementos de cargo que fundan la imputación, consistentes en: 1.- Parte 3765; 2.- Dichos de Fabián Lagos Chávez, Yesenia Villegas Hernández, Ornella Varas Acuña y Jacob Veloso Osses. 3.- Acta de preexistencia y dominio. 4.- Certificado de inscripción del vehículo VX3611 5.- Set fotográfico del sitio del suceso. 6.- Extracto de filiación y antecedentes del requerido con anotaciones. XEYRSXGMXP ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 17/12/2020 18:47:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a BRAYAN ISAIAS RÍOS YÁÑEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no XEYRSXGMXP ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 17/12/2020 18:47:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl habitado, frustrado, hecho perpetrado en esta ciudad con fecha 22 de octubre de 2019. II.- Que, habida cuenta que el sentenciado BRAYAN ISAIAS RÍOS YÁÑEZ, ha permanecido privado de libertad, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total entre el día 23 de octubre al 26 de diciembre, ambos del año 2019, y sujeto a la cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno entre el día 26 de diciembre de 2019 al 16 de diciembre de 2020, la pena privativa de libertad impuesta se le tiene por cumplida con este mayor tiempo de privación de libertad. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas en razón de que por su disposición se ha evitado la realización de un juicio. Regístrese y te
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1º Que en la audiencia celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía en presencia del Sr. Fiscal Adjunto don Marcos Paredes previo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de BRAYAN ISAIAS RÍOS YÁÑEZ, chileno, 26 años de edad, nacido el 26 de agosto de 1994, cédula de identidad N° 1888135
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica