FELIPE ANTONIO (CARABINERO) GATICA GUTIERREZ C/ IVÁN FERNANDO ARAYA SALINAS
Rol
O-7309-2020
Fecha
16 de diciembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Con fecha 7 de agosto de 2020, alrededor de las 11:12 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de carabineros realizan labores preventivas, fueron alertados por un comunicado de la portátil municipal en atención que sujetos que se desplazaban en el vehículo marca Volkswagen modelo Tigua patente -KWPR-76 merodeaban los automóviles estacionados en calle Pernambuco intersección con calle Porto alegre comuna de Las Condes debido a lo anterior personal de carabineros realiza un control de identidad procediendo a fiscalizar a los imputados JUAN ALEJANDRO COLLIO ORMAZABAL, IVAN FERNANDO ARAYA SALINAS, y ROBERTO CARLOS ESPINA CHANDIA ya individualizados , encontrando que Espina Chandia mantenía una cortaplumas en el panel central del vehículo además de dos inhibidores, el copiloto JUAN ALEJANDRO COLLIO ORMAZABAL mantenía oculto al interior de su manga brazo izquierdo un punzón punta metálica y el tercer sujeto IVAN FERNANDO ARAYA SALINAS mantenía entre sus vestimentas una ganzúa artesanal y un par guantes color negro con pintas blancas, siendo estos elementos conocidamente destinado para cometer el delito de robo. Al ser consultados sobre su procedencia, no dieron razón suficiente para su porte, siendo detenidos por personal policial. En razón a lo anterior, personal de carabineros se percató que los imputados se encontraban circulando en la vía pública , específicamente en calle Pernambuco intersección con calle Porto alegre comuna de Las Condes procediendo a su fiscalización percatándose que no mantenía permiso temporal que lo habilitara para ello, infringiendo de esta forma la resolución exenta 635 de fecha 7 de agosto de 2020 del Ministerio de Salud que decretaron diversas Medidas Sanitarias por Brote de Covid- 19, en particular dispuso que los habitantes de la comuna de Las Condes deban permanecer en aislamiento o cuarentena, es decir, en sus domicilios habituales a partir de las 22:00 horas y por el plazo 7 días, dictadas en el marco del DS Nº 1
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinte TRIBUNAL: 4° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARIANA ANDREA LEYTON ANDAUR RUC: 2000805217-5 RIT: 7309-2020 IMPU
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