MP C/ ANGEL RENÉ ASTORGA SOTO
Rol
O-9201-2020
Fecha
14 de diciembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: , Mediante DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el D.O el mismo día, se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, el cual fue prorrogado por DS Nº269, de fecha 12 de junio de 2020 y publicado en el D.O de fecha 16/06/2020, en este contexto y mediante Resolución Exenta del Ministerio de Salud N°448 de fecha 10/06/2020, publicada en el Diario Oficial de fecha 11/06/2020 y sus posteriores prorrogas se ordenó la medida sanitaria consistente en la obligación para los habitantes de las comunas de Viña del Mar y Valparaíso, entre otras, de permanecer en sus domicilios, como medida de aislamiento, desde las 22:00 horas del día 12/06/2020 indefinidamente, el imputado incumpliendo esta obligación fue sorprendido el 23 de agosto de 2020, en la vía pública concretamente en la intersección de calle San Martin y Almirante Rivero de la comuna de Valparaíso, circulando sin contar con permiso temporal individual para realizar esta acción. Valparaíso, catorce de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15, 18, 21, 25, 49, 50, 67, 68, 69, 70, 318 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se resuelve: XGWSPTWTJ Cristina del Rosario Cabello Munoz Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 01:01:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que se CONDENA a ANGEL RENÉ ASTORGA SOTO, ya individualizado,
Fallo
se resuelve: XGWSPTWTJ Cristina del Rosario Cabello Munoz Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 01:01:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que se CONDENA a ANGEL RENÉ ASTORGA SOTO, ya individualizado, a la pena MULTA de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de ejecución consumado, cometido en la ciudad de Valparaíso el día 23 de agosto de 2020, territorio jurisdiccional de este Tribunal. Sin costas por su admisión de responsabilidad. Teniendo presente que el imputado estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, el día 24 de agosto de 2020, la pena de multa recién impuesta se le da por cumplida. Una vez ejecutoriado el presente fallo, ofíciese al Registro Nacional de Condenas. No hay renuncia a plazos. Dictada por doña CRISTINA DEL ROSARIO CABELLO MUÑOZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /ebj XGWSPTWTJ Cristina del Rosario Cabello Munoz Juez de garantía Fecha: 21/12/2020 01:01:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O
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RUC 2000859878-K RIT 9201 – 2020 C/ ANGEL RENÉ ASTORGA SOTO, cédula de identidad 7.830.656-4, nacido el 19 de enero de 1957, domiciliado en Calle Aduanilla N°317, cerro Cordillera, Valparaíso. HECHOS: , Mediante DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el D.O el mismo día, se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, el cual fue prorr
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