Juzgado de Garantía de Colina

M P C/ PAULO ULISES VALENCIA SANTANDER

Rol

O-3550-2019

Fecha

15 de diciembre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia dictada el cuatro de noviembre del presente año por el Juzgado de Garantía de Colina, en los autos RUC 1900676745-4, RIT 3550- 2019, con excepción del párrafo 4º del

Fundamentos

Considerando Quinto, que se elimina. Se reproducen, asimismo, las motivaciones quinta y sexta del

Fallo

fallo de nulidad que antecede. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 342 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a don PAULO ULISES VALENCIA SANTANDER, cédula de identidad N° 0019284084-8, ya individualizado, como autor de un delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones leves y sin haber obtenido licencia de conducir, hecho ocurrido el día 25 de junio de 2019, en la comuna de Lampa, a sufrir la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que la pena de multa se le tendrá por cumplida con el día que pasó privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es el 25 de junio de 2019 III.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye a sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social Santiago occidente, ubicado en Calle Monumento Nº 2079, Comuna de Maipú, por el plazo de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social al quinto día de ejecutoriada la presente sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de diciembre de dos mil veinte. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 385 del Código Procesal Penal, sin nueva audiencia, pero separadamente, se dicta la siguiente: SENTENCIA DE REEMPLAZO VISTOS: Se reproduce la sentencia dictada el cuatro de noviembre del presente año por el Juzgado de Garantía de Colina, en los autos RUC 1900676745-4, RIT 3550- 2019, con excepción del p

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