RODRIGO ANDRÉS ROBLES MUÑOZ C/ ZULEMA KARIN CALCUMIL SÁNCHEZ
Rol
O-436-2020
Fecha
15 de diciembre de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa, en contra Zulema Karin Calcumil Sánchez, cédula de identidad N°14.084.743-7, nacida el 30 de octubre de 1980, 40 años, casada, trabajadora independiente, domiciliada en calle Alfredo Hott N°8 de la comuna de San Pablo, teléfono de contacto N°952020208, correo electrónico zulemakarin5@gmail.com, en base a los siguientes antecedentes: “El día 08 de Febrero del año 2020, siendo aproximadamente las 07:50 horas, la requerida Zulema Karin Calcumil Sánchez, conducía el vehículo motorizado placa patente CKVZ.84, por la Ruta 5 Sur, a la altura del Km.888 de la comuna de La Unión, en estado de ebriedad; a raíz de lo anterior, en el lugar ya indicado, perdió el control del móvil que conducía e impactó contra las barreras de contención existentes en el lugar. Al momento de conducir la requerida lo hacía con 1,66 gramos por mil de alcohol en la sangre” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, figura descrita y sancionada en el artículo 196 en relación al artículo 110, ambos del Decreto con Fuerza de Ley N°1 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 de Tránsito. En dicho delito a la requerida le cabe una participación de autora en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. Grado de ejecución consumado. A juicio de la Fiscalía, en la especie concurre respecto de la requerida la circunstancia atenuante de responsabilidad penal establecida en el artículo 11 N°6 del Código Penal, esto es …”Si la conducta anterior del delincuente ha sido irreprochable”...; no concurriendo a su respecto circunstancias agravantes de responsabilidad penal. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 388 del Código Procesal Penal en relación con los artículos 196 en relación al artículo 110, ambos del Decreto con Fuerza de Ley
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6, 14 número 1, 15 número 1, 21, 25, 30, 49, 50, 67, 70 y 76, del Código Penal; artículos 110 y 196 de la ley del tránsito N° 18.290, ley 18.216; artículos 47, 342, 343, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.-Que SE CONDENA a Zulema Karin Calcumil Sánchez, cédula de identidad N°14.084.743-7, ya individualizada a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, más las accesorias legales, más multa de DOS ( 2) Unidades Tributarias Mensuales y DOS ( 2) años de suspensión de licencia de conducir, por su participación en calidad de autora de un delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110, ambos del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 del Tránsito, cometido el día 08 de febrero del año 2020, aproximadamente a las 07:50 horas, a la altura del Km.888 de la comuna de La Unión. II.- Que reuniendo los requisitos legales del artículo 4 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad de La Unión, que hace las vec
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Sentencia procedimiento Simplificado La Unión, quince de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa, en contra Zulema Karin Calcumil Sánchez, cédula de identidad N°14.084.743-7, nacida el 30 de octubre de 1980, 40 años, casada, trabajadora independiente, domiciliada en
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