MP C/ CÉSAR DENIS BARRAZA CÉSPEDES
Rol
O-1479-2020
Fecha
14 de diciembre de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Se deja constancia de que se ha dictado sentencia en forma oral, cuyo contenido íntegro consta en registro de audio a disposición de los intervinientes, siendo la parte resolutiva del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N°6 y 9, 14, 15, 67, 69 y 70 todos del Código Penal; artículos 110, 111 y 196 de la Ley 18.290 sobre Tránsito; artículos 390 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículo 3 y 4 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena a don CÉSAR DENIS BARRAZA CÉSPEDES, cédula de identidad nacional N°15.733.675-4, ya individualizado, por su responsabilidad a XMWXSNXJSV Andrea Alejandra Rojas Cortes Juez de garantía Fecha: 16/12/2020 10:35:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Independencia 0362, fonos 524265, 521085, fax 524571 título de autor del delito de conducción en estado de ebriedad, en grado de desarrollo consumado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley 18.290 sobre Tránsito, por los hechos ocurridos el día 12 de febrero de 2020, a sufrir la imposición de una pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS. II. Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de remisión condicional, quedando sujeto a control administrativo y a la asistencia en el Centro de Reinserción Social de Ge
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a don CÉSAR DENIS BARRAZA CÉSPEDES, cédula de identidad nacional N°15.733.675-4, ya individualizado, por su responsabilidad a XMWXSNXJSV Andrea Alejandra Rojas Cortes Juez de garantía Fecha: 16/12/2020 10:35:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Independencia 0362, fonos 524265, 521085, fax 524571 título de autor del delito de conducción en estado de ebriedad, en grado de desarrollo consumado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley 18.290 sobre Tránsito, por los hechos ocurridos el día 12 de febrero de 2020, a sufrir la imposición de una pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS. II. Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de remisión condicional, quedando sujeto a control administrativo y a la asistencia en el Centro de Reinserció
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Independencia 0362, fonos 524265, 521085, fax 524571 ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 1479 - 2020 RUC : 2000170956-K FECHA : catorce de diciembre de dos mil veinte HORA INICIO : 11:03 hrs. HORA TÉRMINO : 11:35 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD JUEZ : ANDREA ALEJANDRA ROJAS CORTÉS (Videoconferencia) FISCAL : MATILDE GAETE VALENZUELA (Videoconferencia) DEFENSOR : JUAN PABLO G
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