1° Juzgado de Letras de Vallenar

ZAMORANO/TSK CHILE SPA

Rol

T-6-2020

Fecha

23 de noviembre de 2020

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que, en el mes de septiembre del 2018, ingresó a trabajar como encargada de seguridad, y que, durante el mes de noviembre de 2020, se le modificó el cargo al de “apoyo administrativo”. Que, sus labores diarias corresponden a prestar apoyo administrativo a las áreas o secciones de la empresa de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos, realizando principalmente las siguientes tareas: • Revisión de carpetas para acreditar a las personas (que el contrato de trabajo esté vigente, exámenes pre-ocupacionales, que los trabajadores cuenten con su cédula de identidad vigente, formato de Obligación de Informar a los riesgos que el trabajador va a estar expuestos [conocido como ODI]). • Revisar procedimientos de trabajo y matrices de la empresa. • Actualización de Matriz de riesgos y elaboración de credenciales de la empresa. Que, su jornada laboral se encuentra regida por el artículo 22 del Código del Trabajo. Que, su remuneración mensual asciende a la suma de $2.272.225 como sueldo base, a la que se agrega la gratificación legal y viático. Que, en el ejercicio de sus funciones y estando vigente la relación laboral, su empleador ha vulnerado sus derechos fundamentales, en particular, el de la no discriminación laboral, en lo que respecta a su condición de mujer embarazada y también el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N° 1 de la CPR, de la Integridad Psíquica y Moral. Antecedentes de la Discriminación y de la Vulneración de Derechos Fundamentales: En marzo del 2019, informó su estado de embarazo. Todo siguió normal hasta el mes de mayo ya que presentó problemas de gastroenteritis aguda, por lo que la denunciada, como medida de prevención, le solicitó permanecer en su domicilio hasta que cumpliera el inicio de su pre natal, el cual inició el día 01 de agosto del 2019 y finalizó su post natal el día 12 de febrero del 2020, fecha en la que reingresó a sus labores, pero ya no cumpliendo funciones administrativas, sino que sólo apoyando a la persona q

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña NATALY EVELYN ZAMORANO MERCADO, Rut N° 15.885.538-0, empleada, domiciliada en Pedro Aguirre Cerda N° 571, Vallenar quien denuncia por vulneración de derechos a TSK CHILE SPA, Rut N° 76.829.877-7, representada legalmente por don Francisco Vidal Porras, Rut N° 26.328.540-9, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo 3001, Las Condes, por las consideraciones de hecho y los fundamentos de derecho que expone: Los Hechos: Que, en el mes de septiembre del 2018, ingresó a trabajar como encargada de seguridad, y que, durante el mes de noviembre de 2020, se le modificó el cargo al de “apoyo administrativo”. Que, sus labores diarias corresponden a prestar apoyo administrativo a las áreas o secciones de la empresa de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos, realizando principalmente las siguientes tareas: • Revisión de carpetas para acreditar a las personas (que el contrato de trabajo esté vigente, exámenes pre-ocupacionales, que los trabajadores cuenten con su cédula de identidad vigente, formato de Obligación de Informar a los riesgos que el trabajador va a estar expuestos [conocido como ODI]). • Revisar procedimientos de trabajo y matrices de la empresa. • Actualización de Matriz de riesgos y elaboración de credenciales de la empresa. Que, su jornada laboral se encuentra regida por el artículo 22 del Código del Trabajo. Que, su remuneración mensual asciende a la suma de $2.272.225 como sueldo base, a la que se agrega la gratificación legal y viático. Que, en el ejercicio de sus funciones y estando vigente la relación laboral, su empleador ha vulnerado sus derechos fundamentales, en particular, el de la no discriminación laboral, en lo que respecta a su condición de mujer embarazada y también el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N° 1 de la CPR, de la Integridad Psíquica y Moral. Antecedentes de la Discriminación y de la Vulneración de Derechos Fundamentales: En marzo del 2019, informó su estado de embarazo. Todo siguió normal hasta el mes de mayo ya que presentó problemas de gastroenteritis aguda, por lo que la denunciada, como medida de prevención, le solicitó permanecer en su domicilio hasta que cumpliera el inicio de su pre natal, el cual inició el día 01 de agosto del 2019 y finalizó su post natal el día 12 de febrero del 2020, fecha en la que reingresó a sus labores, pero ya no cumpliendo funciones administrativas, sino que sólo apoyando a la persona que se encontraba cubriendo su cargo y a la vez apoyando en la materia de prevención de riesgos, pero solo también de forma administrativa. Que, al ingresar informó a la empresa sobre la forma en que proponía se realizará la distribución de horario de amamantamiento, la que sería de 30 minutos en la mañana y 30 minutos en la tarde, quedando definido que su horario de ingreso a faena sería desde las a las 09:00 am y horario de salida a las 16:00 horas, debido a que la obra en la que desarrolla sus funciones se encuentra en la localidad de cachiyuy

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA, sin costas, la denuncia de tutela de derechos fundamentales interpuesta por doña NATALY EVELYN ZAMORANO MERCADO, en contra de TSK CHILE SPA, representada legalmente por don Francisco Vidal Porras, todos ya individualizados. RIT T-6-2020 RUC 20- 4-0278250-2 Proveyó don RICARDO ANDRES ALVEAL VENEGAS, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar a veintiuno de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Vallenar, veintitres de noviembre de dos mil veinte VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña NATALY EVELYN ZAMORANO MERCADO, Rut N° 15.885.538-0, empleada, domiciliada en Pedro Aguirre Cerda N° 571, Vallenar quien denuncia por vulneración de derechos a TSK CHILE SPA, Rut N° 76.829.877-7, representada legalmente por don Francisco Vidal Porras, Rut N° 26.328.540-9, ambos con domicilio e

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