2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TINELUS/TRINA

Rol

O-6882-2019

Fecha

19 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Horas extras, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1) Ceranel Cinel, Rut 25.582.704-9. Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1) Liquidaciones de remuneraciones del actor, de los meses que duró la relación laboral, desde el 1 de junio de 2016, hasta el 24 de junio de 2019. 2) Certificado de pago de cotizaciones previsionales por el período antes descrito. 3) Libro de asistencia que firmaba el trabajador, durante la vigencia de la relación laboral, en el lapso antes señalado. Se tiene por no cumplido la exhibición. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Tribunal 2º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO. fecha 19 DE NOVIEMBRE DE 2020. Rit O-6882-2019 caratulado TINELUS/TRINA tipo procedimiento ORDINARIO demandante YVON TINELUS cédula de identidad demandante 25.460.911-0 domicilio LAS ESTRELLAS 3140, SANTIAGO abogado demandante MÓNICA ESTHER LARA RAMOS demandado GUILLERMO HERNÁN TRINA HUINCAHUE Rut demandado 11.296.561-0 domicilio FERMÍN VIVACETA 3351, CONCHALÍ Según lo dispuesto en la ley 20.886 y el acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema se dispone la transcripción de la parte resolutiva de la sentencia. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 63, 73, 162, 420, 446 y siguientes 456, 457 todos del Código del Trabajo, y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I) Se acoge parcialmente de la demandada interpuesta por DON YVON TINELUS cédula de identidad N° 25.460.911-0 en contra de don GUILLERMO HERNÁN TRINA HUINCAHUE cédula de identidad 11.296.561-0, solo en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral iniciada el día 1 junio de 2016 y terminada por despido verbal el día 5 de julio de 2019. II) Se acoge la demanda respecto de la nulidad de despido por no pago de cotizaci

Fallo

se resuelve: I) Se acoge parcialmente de la demandada interpuesta por DON YVON TINELUS cédula de identidad N° 25.460.911-0 en contra de don GUILLERMO HERNÁN TRINA HUINCAHUE cédula de identidad 11.296.561-0, solo en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral iniciada el día 1 junio de 2016 y terminada por despido verbal el día 5 de julio de 2019. II) Se acoge la demanda respecto de la nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales, y por tanto se condena al demandado Guillermo Hernán Trina Huincahue a pagar al demandante Yvon Tinelus remuneraciones desde la época del despido correspondiente al 5 de julio de 2019 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales adeudadas a razón de $450.000. Para los efectos de la convalidación del despido el demandado deberá dar cuenta del pago de todas las cotizaciones previsionales del demandante por toda la época de vigencia de toda la relación laboral respecto de SALUD, AFP y AFC. III) Se acoge la demanda del cobro de prestaciones solo en cuanto se condena a la demandada al pago del feriado al demandante correspondiente a $ 900.000. IV) Se rechaza la demanda respecto del cobro de horas extraordinarias y remuneración. V) Cada parte soportara sus costas. VI) Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza laboral y Previsional para su ejecución. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió d

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 19 DE NOVIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 19-4-0222726-8 RIT O-6882-2019 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIJAIL MELLA HORA DE INICIO 13:03 HORAS HORA DE TERMINO 13:34 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940222726-8-1349-201119-00 PARTE DEMANDANTE

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