NAZARENO/ELEAM ALAN GONZALEZ MOLINA E.I.R.L.
Rol
O-8781-2019
Fecha
19 de noviembre de 2020
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: I. Que, entre la demandante Carmen Vanessa Nazareno Cuero y la demandada ELEAM ALAN GONZALEZ MOLINA E.I.R.L. existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 1 de mayo de 2019 y su término al 25 de septiembre de 2019. II. Que se acoge la demanda y se dispone que el despido del cual ha sido objeto la demandante ha sido indebido, improcedente e injustificado por lo cual la demandada deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $341.000. Indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $68.674. Feriado proporcional. c) $284.166. Días trabajados el mes de septiembre de 2019. III. Que además deberá dar pago de las cotizaciones de seguridad social durante toda la vigencia de la relación laboral en las instituciones de AFP Plan Vital, FONASA y AFC Chile, teniendo como base remuneratoria, la suma de $301.000, que corresponde al haber imponible. IV. Que el despido decidido por la empleadora no ha producido término a la obligación remuneratoria del empleador quedando obligada a pagar las remuneraciones que se devenguen desde el término de la relación laboral hasta la convalidación del despido, teniendo como base remuneratoria para aquello la suma de $301.000. V. Que no se condena en costas a la demandada por los
Fundamentos
motivos indicados. VI. Que las sumas anteriores deberán pagarse con los reajustes e intereses correspondientes. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña LILIANA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinte.-
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7 144 162 169 420 422 425 434 438 444 y 462 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil; se resuelve: Vistos: I. Que, entre la demandante Carmen Vanessa Nazareno Cuero y la demandada ELEAM ALAN GONZALEZ MOLINA E.I.R.L. existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 1 de mayo de 2019 y su término al 25 de septiembre de 2019. II. Que se acoge la demanda y se dispone que el despido del cual ha sido objeto la demandante ha sido indebido, improcedente e injustificado por lo cual la demandada deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $341.000. Indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $68.674. Feriado proporcional. c) $284.166. Días trabajados el mes de septiembre de 2019. III. Que además deberá dar pago de las cotizaciones de seguridad social durante toda la vigencia de la relación laboral en las instituciones de AFP Plan Vital, FONASA y AFC Chile, teniendo como base remuneratoria, la suma de $301.000, que corresponde al haber imponible. IV. Que el despido decidido por la empleadora no ha producido término a la obligación remuneratoria del empleador quedando obligada a pagar las remuneraciones que se devenguen desde el término de la relación laboral hasta la convalidación del despido, teniendo como base remuneratoria para aquello la suma de $301.000. V. Que no se condena en costas a la demandada por los motivos indicados. VI. Que las sumas anteriores deberán pagarse con los reajustes
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 19 DE NOVIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 2 RUC 19-4-0239267-6 RIT O-8781-2019 MAGISTRADO LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ALAIN JOHNSON HORA DE INICIO 08:45 HORAS HORA DE TERMINO 09:24 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940239267-6-1349-201119-00 PARTE DEMANDAN
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