Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MP C/ LUIS EDUARDO CARRILLO VARAS

Rol

O-2239-2019

Fecha

9 de diciembre de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 3 de enero del año 2020, en horas de la mañana el señor Sebastián Orellana Páez se trasladó desde Rancagua a la X Región transportando drogas en el vehículo marca KIA modelo SOUL PPU CFSR-14. En virtud de lo anterior, y previa autorización judicial, en un sector cercano al peaje lateral Totoral de la comuna de Fresia, personal de la Policía de Investigaciones fiscalizó el vehículo automóvil PPU CFRS-14 en que circulaba el señor Sebastián Orellana Páez, junto a su pareja, la imputada doña Carolina Pilar Cornejo Pineda, encontrando al interior del móvil a la acusada Carolina Pilar Cornejo Pineda, la cartera ubicada en la parte inferior del asiento del pasajero, bajo su posesión y bajo su guarda un contenedor circular metálico con 10 comprimidos de diferentes colores y formas correspondiente a MDMA (éxtasis). Sustancias la cual la imputada facilitaba, mantenía y poseía, sin estar autorizados para ello, y sin estar destinada para el uso y consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Puerto Varas, a nueve de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 25, 30, 49 y siguientes, 50, 67, 69, 70 del Código Penal; Código Procesal Penal, Ley 20.000, Ley 18.216 y Ley 19.970; SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a la acusada CAROLINA PILAR CORNEJO PINEDA, cédula de identidad Nº 20660295-3, domiciliado en Calle Porvenir. Villa Torres del Paine Nº 0572, comuna de Rancagua teléfono 986129907, mail carolina.cornejo@pregradouoh.cl, por su responsabilidad como AUTORA en el delito CONSUMADO de TRAFICO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, hechos ocurridos en esta jurisdiccion el día 03 de enero de 2020, y en consecuencia, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa equiva

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a la acusada CAROLINA PILAR CORNEJO PINEDA, cédula de identidad Nº 20660295-3, domiciliado en Calle Porvenir. Villa Torres del Paine Nº 0572, comuna de Rancagua teléfono 986129907, mail carolina.cornejo@pregradouoh.cl, por su responsabilidad como AUTORA en el delito CONSUMADO de TRAFICO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, hechos ocurridos en esta jurisdiccion el día 03 de enero de 2020, y en consecuencia, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa equivalente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y REGISTRO DE SU HUELLA GENETICA. II. Que cumpliendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL, sujeto al control de Gendarmería Centro de Reinserción Social de Rancagua, correspondiente al lugar de su domicilio, por el plazo de UN AÑO, donde se remitirán las copias correspondientes. Para ello deberá presentarse la sentenciada, de manera virtual por correo electrónico o telefónicamente, dentro del plazo de cinco días siguientes a la fecha en que se encuentre ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de orden de detención, con un día de abono por la detención del 03 de enero de 2020. III. Que la multa impuesta, la pagará con el respectivo formulari

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El día 3 de enero del año 2020, en horas de la mañana el señor Sebastián Orellana Páez se trasladó desde Rancagua a la X Región transportando drogas en el vehículo marca KIA modelo SOUL PPU CFSR-14. En virtud de lo anterior, y previa autorización judicial, en un sector cercano al peaje lateral Totoral de la comuna de Fresia, personal de la Policía d

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