MP C/ JAVIERA IGNACIA URRA MANRÍQUEZ
Rol
O-11743-2020
Fecha
6 de diciembre de 2020
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por la fiscal doña Claudia Turra Lagos, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2001224478-K, RIT 11.743-2020, ha requerido en procedimiento simplificado a Javiera Ignacia Urra Manríquez, RUN 20.107.209-3, 21 años, estudiante de trabajo social, domiciliada en Danubio 025 Villa La Rivera cerca de Pueblo Nuevo Temuco, fono 35463004, correo javi_jaa@outloock.es, representada por la abogada Defensora Penal doña Valeria Piera Basilio Rudiger, domiciliada en calle Pedro Lagos N° 756 de Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial y sus anexos, declaración de funcionarios policiales, antecedentes a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte de la imputada, el tribunal tiene por establecido que el día 5 de diciembre de 2020, 16:45 horas la imputada se trasladaba al interior de un vehículo por calle Lelfún esquina pasaje Villa fue fiscalizada ella y el conductor y al indicar al conductor que iba a ser notificado por desplazarse en la vía publica sin permiso se ofuscó y maltrató a un Carabinero, sin causarle lesiones. Que los hechos antes descritos, según la calificación del Ministerio Público, que el tribunal mantiene, configuran la falta consumada prevista y sancionada en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, en la que corresponde a la requerida Javiera Ignacia Urra Manríquez participación en calidad de autora. 3° Que se aplica la pena multa que pide el Ministerio Público, aunque regulada en el monto que se indica en lo resolutivo en atención al mínimo caudal y facultades de la requerida, más disminuido aún por la situación de pandemia que al mundo y al país afecta. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 30, 50, 69, 70 y 495 N° 4 del Código Penal, y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a la requ
Fallo
se declara: I.- Que se condena a la requerida Javiera Ignacia Urra Manríquez, RUN 20.107.209-3, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, en TKXWSKCXGX Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 09/12/2020 23:59:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl calidad de autora de una falta de respeto a la autoridad, prevista en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, cometida en Temuco el día 5 de diciembre de 2020. II.- Que no se condena en costas a la sentenciada por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la multa impuesta se tiene por cumplida con el tiempo de detención que ha experimentado la sentenciada por el procedimiento de rigor. IV.- Que, sin perjuicio de su irreprochable conducta anterior, la admisión de responsabilidad en la presente contingencia configura antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la pena, al contribuir a una disminución de la presión para todos los actores del sistema judicial penal, por l
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Temuco, seis de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por la fiscal doña Claudia Turra Lagos, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2001224478-K, RIT 11.743-2020, ha requerido en procedimiento simplificado a Javiera Ignacia Urra Manríquez, RUN 20.107.209-3, 21 años, estudiante de trabajo social, domicil
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