Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

PIÑA/NUEVA IMAGEN INVERSIONES COMPAÑÍA LIMITADA

Rol

M-1003-2020

Fecha

18 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, sobre la base de $600.000, a la que no se ha arribado por negativa de la parte demandada, quien ofreció la suma de $400.000. Traslado de la demanda- contestación (Registrado en audio). HECHOS A PROBAR 1.- Efectividad de la existencia de la relación laboral. Estipulaciones y remuneración pactada. 2.- Efectividad del despido verbal que se alega en la demanda. 3.- Efectividad de adeudarse las prestaciones que se contienen en la demanda. Monto de cada una, en su caso. 4.- Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del actor. MEDIOS DE PRUEBA: · LA PARTE DEMANDANTE RINDE Documental: 1.- Certificado AFP Modelo del Sr. Alberto Piña de fecha 27/05/2020. 2.- Certificado AFC del Sr. Alberto Piña de fecha 10/07/2020. 3.- Certificado de afiliación a AFC de fecha 10/07/2020. 4.- Certificado FONASA del Sr. Alberto Piña de fecha 10/07/2020. Objeción: La parte demanda objeta por falsedad toda la prueba documental. Traslado: La parte demandante solicita se rechace la objeción, con costas. Tribunal provee: Se recibe a prueba el incidente. · Hecho a probar: 1.- Efectividad de ser falsos los certificados de pago de cotizaciones de seguridad social acompañados en los autos por el demandante. Medios de prueba: · La parte demandante y demandada no rinden prueba respecto del incidente. · Prueba del tribunal: Se obtenga a través del sistema interconectado los certificados de Previred correspondientes al actor para el año 2019 y 2020. · Se incorpora a través del sistema informático el certificado de AFP Modelo obtenido por el sistema interconectado de Previred. Tribunal provee: Se deja la resolución del incidente para la sentencia definitiva. Por incorporada la prueba documental del demandante. (Objeción, traslado y resolución del tribunal constan íntegramente en el registro de audio) Confesional: Se cite a absolver posiciones a doña Doris Riquelme Solís, cédula de identidad número 8.

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don ALBERTO ANTONIO PIÑA VARGAS, en contra de su ex empleador NUEVA IMAGEN INVERSIONES COMPAÑÍA LIMITADA, representada por doña DORIS RIQUELME SOLÍS, solo en cuanto de se declara nulo e injustificado su despido y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones, rechazándose en lo demás. 1.- $301.000, por indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- $301.000, por indemnización por años de servicios. 3.- $150.500, por recargo legal del 50% de la indemnización por años de servicios de conformidad al artículo 168 la letra b) del Código del Trabajo. 4.- $225.749, por feriado proporcional. 5.- Además, deberá enterar las cotizaciones de seguridad social, correspondientes a, cotizaciones previsionales en AFP Modelo desde el mes de julio de 2019 al 2 de mayo del 2020, cotizaciones de cesantía en AFC Chile II S.A., desde el mes de septiembre del 2019 al 2 de mayo del 2020, y cotizaciones de salud en Fonasa desde el mes de julio de 2019 al 2 de mayo del 2020, todas teniendo como base de cálculo una remuneración mensual imponible ascendente a la suma de $301.000. 6.- Asimismo, habiéndose declarado nulo el despido del actor, la demandada deberá ser condenada al pago de las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, el 2 de mayo del 2020 a la fecha de su convalidación, según lo dispuesto en el artículo 162 incisos 5° y 7° del Código del Trabajo, y teniendo igualmente como base

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 18 de noviembre de 2020 RUC 20-4-0291934-6 RIT M-1003-2020 MAGISTRADO Valeria Cecilia Zúñiga Aravena ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carolt Gfell Diaz SALA 3 HORA DE INICIO 10:50 horas HORA DE TERMINO 12:22 hora

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