HENRIUS/SERVICIOS INTEGRALES GL SPA
Rol
O-429-2020
Fecha
18 de noviembre de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos los siguientes: 1. Efectividad de la existencia de relación laboral entre las partes. Fecha de inicio, estipulaciones de la relación laboral existente entre el demandante y las demandadas, naturaleza del vínculo jurídico, remuneraciones pactadas y efectivamente percibidas para lo dispuesto en el artículo 162 del Código Del Trabajo, jornada laboral a la cual estaba sujeto el trabajador, lugar o establecimiento en que cumplía aquellas. 2. Fecha de término de la relación laboral, hechos, circunstancias o pormenores por motivo de los cuales se puso término a la relación laboral, en su caso, causal invocada por la demandada principal, cumplimiento de las formalidades legales. 3. Efectividad de adeudarse las sumas demandadas por concepto de feriado proporcional, o en su caso, efectividad de haber sido pagadas dichas sumas. 4. En su caso, efectividad que al trabajador se le adeuda días trabajados durante el mes de noviembre de 2019. 5. Efectividad que al actor ejecuto horas extraordinarias en el periodo comprendido durante el día 20 de mayo de 2019 hasta el 20 de noviembre de 2019, monto a determinar. 6. Estado de pago de las cotizaciones previsionales de seguridad social durante todo el periodo de relación laboral. 7. En su caso, efectividad del régimen de subcontratación o existencia del régimen de subcontratación. Periodo durante el cual desarrollo sus funciones en dicho régimen legal. En su caso, efectividad que la demandada solidaria/subsidiaria hizo uso del derecho de información o retención legal. Celebrada la audiencia de juicio con esta fecha, únicamente comparece el demandante, incorporando la siguiente prueba: Documental: 1. Anexo de contrato de fecha 01 de mayo de 2019. 2. Certificado de AFP PLANVITAL de fecha 13 de noviembre de 2019. 3. Certificado de FONASA de fecha 23 de diciembre de 2019. 4. Contrato de trabajo de fecha 01 de abril de 2019. Confesional: Se citó a absolver posiciones a don Carlos Collio Reveco, en representación de Se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES, SINTESIS DE LAS ACCIONES Y SUS FUNDAMENTOS. Comparece JAMES HENRIUS, RUT 26.650.503-5, cesante, haitiano, domiciliado para estos efectos en Chacabuco 1011, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido verbal y sin causa, injustificado e indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador, SERVICIOS INTEGRALES GL SPA, RUT: 76.974.996-9, representada legalmente por Carlos Octavio Collio Reveco, RUT: 17.279.753-9, ignora profesión u oficio, emplazado a través de publicación efectuada en Diario Oficial, SIN DOMICLIO CONOCIDO, y de manera solidaria y o subsidiariamente a la empresa CINES E INVERSIONES CINEPLEX LIMITADA (CINEPLANET), RUT: 76.179.370-5, representada legalmente por Carla Zavala Liendo, RUT: 24.802.492-5, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna 6100, local 3004, comuna de La Florida, Región Metropolitana. Indica la parte demandante que ingresó a prestar servicios para la demandada principal el 1 de abril de 2019, en el cargo de auxiliar de aseo. Que en la cláusula primera del contrato de trabajo se señaló que las funciones se podrían cumplir en CINEPLANET INDEPENDENCIA, ubicado en Independencia 595, comuna de Independencia o podría ser ubicado en otro complejo o instalación para realizar labores similares dentro de la ciudad o región, por causa justificada sin que ello importe menoscabo para el trabajador conforme lo prescrito en el artículo 12 del Código del Trabajo, sin embargo, señala que estuvo siempre destinado a la demandada solidaria. Agrega que se pactaron 45 horas a la semana, distribuidas de lunes a domingo desde las 22,00 pm hasta las 06,00 am horas, con media hora de colación, y un día de descanso a la semana, no obstante, su jornada en la práctica se extendía desde las 23,00 pm a las 8,00 am y dos veces por semana hasta las 11,00 am, sin que mediara el pago de horas extraordinarias. Sostiene que percibía una remuneración ascendente a $442.094, que debe servir de base para el pago de las indemnizaciones. Indica que el 20 de noviembre de 2019 fue despedido sin aviso previo, sin cumplimiento de formalidades ni causa justificada, por medio de mensaje de WhatsApp, en que se le indicaba que no fuera más a trabajar, con la promesa que se le pagaría todo lo adeudado, lo que no se cumplió. Refiere a la responsabilidad de la demandada Cines e Inversiones Cineplex Limitada y finalmente, previas citas legales, pide se acoge la demanda, se declare nulo e injustificado el despido y se ordene el pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo por $442.094. 2. Remuneración de 20 días de noviembre de 2020, por $294.730. 3.- Indemnización por feriado proporcional por $180.521. 4.- Horas extraordinarias desde el 20 de mayo al 20 de noviembre de 2019, por $1.320.192. 5.- L
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 3, 7, 8, 9, 58, 67, 73, 160, 162, 168, 172, 446 y siguientes, 454 y demás pertinentes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I.Que SE ACOGE la demanda interpuesta por JAMES HENRIUS, en contra de la demandada SERVICIOS INTEGRALES GL SPA, y solidariamente en contra de CINES E INVERSIONES CINEPLEX LIMITADA (CINEPLANET), todos ya individualizados, declarándose que su despido del 20 de noviembre de 2019 fue nulo e injustificado, por lo que se les condena a pagar las siguientes sumas: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo por $442.094. 2.- Remuneración de 20 días de noviembre de 2019 por $294.730. 3.- Indemnización por feriado proporcional por $180.521. 4.- Los pagos de cotizaciones de salud, previsionales y de cesantía, por todo el periodo trabajado entre el 1 de abril y el 20 de noviembre de 2019, en base a la remuneración mensual de $442.094. Ofíciese a AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile, disponiendo que ejerzan las acciones de cobro que correspondan. 5.- Remuneraciones desde el despido de 20 de noviembre de 2019 en base a una remuneración mensual de $442.094 hasta la convalidación, que se producirá mediante el pago de las cotizaciones adeudadas en la letra anterior, o en la fecha en que se haya producido el pago si fuera posterior al despido. II. Se rechaza la demanda de cobro de horas extraordinarias. III. Las sumas que se ordenan pagar deberán incrementarse con los intereses y
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES, SINTESIS DE LAS ACCIONES Y SUS FUNDAMENTOS. Comparece JAMES HENRIUS, RUT 26.650.503-5, cesante, haitiano, domiciliado para estos efectos en Chacabuco 1011, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, quien interpone demanda en
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