TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL COLINA

SKC RENTAL S.A. C/ HUGO ABRAHAM LÓPEZ CORDERO

Rol

O-180-2017

Fecha

7 de diciembre de 2020

Materia

APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 20 de septiembre de 2012, el acusado HUGO ABRAHAM LOPEZ CORDERO, concurrió hasta la empresa SKC Rental S.A dedicada al rubro de CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 07/12/2020 15:21:53 INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 07/12/2020 15:38:14 DPZQSKVYZK MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez Integrante Fecha: 08/12/2020 12:34:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl arriendo de maquinarias, ubicada en el sector de Panamericana Norte kilómetro 15 ½, de la comuna de Lampa, donde arrendó por 3 meses un generador eléctrico marca Cummins, modelo GE-C80 serie L11T022289, especie avaluada en la suma de $9.649.052. Posteriormente, el día 29 de noviembre de 2012, solicitada vía telefónica y luego el 07 de mayo de 2013 vía carta, la restitución de dicha máquina, ésta no fue realizada, provocando a la víctima un perjuicio equivalente al valor de la especie.” A juicio del ente persecutor, los hechos anteriormente descritos, constituyen el delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 470 n° 1 del Código Penal en relación al artículo 467 n° 1 del mismo cuerpo legal, cabiéndole al acusado participación en calidad de autor y encontrándose los delitos en grado de desarrollo consumado. Hizo ver que respecto del acusado no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y previas citas de normas legales que indica, solicitó la imposición de una pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, y multa de 15 UTM, sin perjuicio de las demás accesorias legales y de las costas que sean de su cargo. TERCERO: Alegaciones de apertura del

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que el día dos de este mismo mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, constituido por las magistradas, Cheryl Fernández Albornoz, quien presidió la audiencia, Marlys Welsch Chahuán e Ingrid Droguett Torres, bajo la modalidad semipresencial y a través del sistema de conexión ZOOM, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en autos RIT N° 180- 2017, seguida por el delito de apropiación indebida, en contra de HUGO ABRAHAM LÓPEZ CORDERO, cédula nacional de identidad Nº 7.848.851-4, nacido en Santiago el 26 de junio de 1958, 62 años, casado, ejecutivo de ventas, Santiago de Oriana 1978, Quinta Normal, Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal Marcela Adasme Flores. Por su parte la defensa, estuvo a cargo del defensor penal público Jorge Fiol Quinlán. SEGUNDO: Acusación: Que la acusación del Ministerio Público respecto de Aguilera Soto, tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos: “El día 20 de septiembre de 2012, el acusado HUGO ABRAHAM LOPEZ CORDERO, concurrió hasta la empresa SKC Rental S.A dedicada al rubro de CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 07/12/2020 15:21:53 INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 07/12/2020 15:38:14 DPZQSKVYZK MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez Integrante Fecha: 08/12/2020 12:34:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl arriendo de maquinarias, ubicada en el sector de Panamericana Norte kilómetro 15 ½, de la comuna de Lampa, donde arrendó por 3 meses un generador eléctrico marca Cummins, modelo GE-C80 serie L11T022289, especie avaluada en la suma de $9.649.052. Posteriormente, el día 29 de noviembre de 2012, solicitada vía telefónica y luego el 07 de mayo de 2013 vía carta, la restitución de dicha máquina, ésta no fue realizada, provocando a la víctima un perjuicio equivalente al valor de la especie.” A juicio del ente persecutor, los hechos anteriormente descritos, constituyen el delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 470 n° 1 del Código Penal en relación al artículo 467 n° 1 del mismo cuerpo legal, cabiéndole al acusado participación en calidad de autor y encontrándose los delitos en grado de desarrollo consumado. Hizo ver que respecto del acusado no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y previas citas de normas legales que indica, solicitó la imposición de una pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, y multa de 15 UTM, sin perjuicio de las demás accesorias legales y de las costas que sean de su cargo. TERCERO: Alegaciones de apertura del

Fallo

se acuerda ya que tiene memoria limitada por lo que pasó. Aclaró al Tribunal, que el nombre de la empresa en que laboraba es DAM Metal y cuando habla de 15 batazos, se refiere a 15 golpes con bates de béisbol. Nada agregó en etapa de palabras finales. SEXTO: Convenciones probatorias: Que los intervinientes no acordaron convenciones probatorias. SÉPTIMO: Prueba del Ministerio Público: Que a fin de establecer los elementos constitutivos del tipo penal materia de la acusación, el ente persecutor rindió la siguiente prueba: a) Testimonial 1. JAVIER ANDRÉS HENRÍQUEZ ISLA, cédula de identidad Nº 15.182.888-4, nacido en Concepción el 25 de agosto de 1982, 38 años, casado, ingeniero civil industrial, se reserva por motivos de seguridad su domicilio, quien a la Sra. fiscal CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 07/12/2020 15:21:53 INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 07/12/2020 15:38:14 DPZQSKVYZK MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez Integrante Fecha: 08/12/2020 12:34:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl expuso que el año 2013, ellos se dedicaban a arrendar y vender maquinaria en la

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DELITO: APROPIACIÓN INDEBIDA ACUSADO: HUGO ABRAHAM LÓPEZ CORDERO. RIT : 180-2017. RUC : 1310017093-5 Colina, siete de diciembre de dos mil veinte. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que el día dos de este mismo mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, constituido por las magistradas, Cheryl Fernández Albornoz, quien presidió la audiencia, Marlys Wel

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