PATRICIO FERNANDO VÁSQUEZ YÁÑEZ C/ CHARLES DARWUIN ESTACIO ROJAS
Rol
O-10157-2020
Fecha
4 de diciembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que, con fecha 18 de marzo de 2020, Su Excelencia el Presidente de la República, declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, en virtud del Decreto N° 104 de 2020 del Ministerio del Interior. Así, el artículo 4° de dicho decreto dispone que, para el ejercicio de las facultades que ahí se entregan, "los Jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Covid-19, en actos administrativos dictados por el Ministro de Salud". Que en uso de dichas atribuciones y mediante Resolución Exenta N° 347 de fecha 13 de mayo de 2020 del Ministerio de Salud se dispuso que todos los habitantes de la provincia de Santiago deben permanecer en aislamiento o cuarentena, es decir, en sus domicilios habituales, iniciándose esta medida a las 22:00 horas del 15 de mayo 2020 y regirá por un plazo de 7 días pudiendo prorrogarse si la situación epidemiológica así lo hace aconsejable. Que mediante resoluciones exentas del Ministerio de salud N° 373 de fecha 20 de mayo de 2020, N° 396 de fecha 27 de mayo de 2020, N° 417 de fecha 03 de junio de 2020, N° 448 de fecha 10 de junio de 2020, y N° 467 de fecha 17 de junio de 2020, se prolongó dicha medida. El día 06 de junio de 2020, alrededor de las 11.00 AM horas, los requeridos • CHARLES DARWUIN ESTACIO ROJAS, • ELVIS FERNANDO VELASQUEZ ALVAREZ • EMELIS AMAURY MARTE VASQUEZ, HYLYSKBYDF MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 07/12/2020 13:10:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl • JESSICA PAOLA HURTADO OSPINA, • MIGUEL ANGEL LEO
Fallo
SE DECLARA: I.- • Que se CONDENA a EMELIS AMAURY MARTE VASQUEZ, y MIGUEL ANGEL LEON CARRERA ya individualizados, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTORES del ilícito de la previsto y sancionada en el artículo 318 del Código Penal en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el 06 de junio de 2020. II.- Existiendo antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la multa, se suspende la imposición de la pena y sus efectos, por el término de seis meses, de conformidad al artículo 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido este plazo, sin que el imputado hubiere sido objeto de nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, se dejará sin efecto esta sentencia y, en su reemplazo, se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. IV.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, si correspondiere. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo di
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., cuatro de diciembre de dos mil veinte TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2000588140-5 RIT: 10157 - 2020 IMPUTADO: EMELIS AMAURY MARTE VASQUEZ C.I. 0026412310-0 IMPUTADO: MIGUEL ANGEL LEON CARRERA C.I. 0022746603-0 DELITO delito contra la salud pública, ARTICULO artículo 318 del Código Penal PA
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica