Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Punta Arenas.

JORGE ALEXIS PARRA DE LA ROSA C/ JOSÉ HERIBERTO ABURTO PAREDES

Rol

O-28-2019

Fecha

5 de diciembre de 2020

Materia

APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Con fecha 7 de octubre de 2015, la víctima Jorge Alexis Parra De La Rosa, suscribió con el acusado JORGE HERIBERTO ABURTO PAREDES, un contrato ante Notario para que este último le administrara su cuenta de ahorro del Banco Estado N° 92060255409 debido a que la víctima se encontraba privada de libertad en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, y necesitaba que alguien en quien confiaba, le llevara periódicamente especies personales y dinero. Así, las cosas, desde el 8 de octubre de 2015 al 13 de junio de 2016, el imputado en virtud del contrato celebrado, logró girar desde esa cuenta la suma de $ 16.956.000 pesos, sólo entregándole a la víctima especies y dinero avaluados en la suma de $3.000.000 de pesos, apropiándose el imputado del resto del dinero extraído de la cuenta de la víctima, no restituyéndoselo hasta el día de hoy, no obstante la víctima reiteradas solicitudes en este sentido”. Jovita del Carmen Soto Maldonado Juez Redactor Fecha: 05/12/2020 11:43:32 XFBJSJLGDW Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Presidente Fecha: 05/12/2020 12:16:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 En concepto del ente persecutor los hechos reseñados configuran el delito de apropiación indebida del artículo 470 N° 1 en relación al 467 N° 1 ambos del Código Penal, en grado consumado. Le atribuye al acusado participación en calidad de autor. Solicita se le aplique la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 15 unidades tributarias mensuales, más accesorias legales y costas de la causa. TERCERO: El fiscal en el alegato de apertura expresa que estos hechos se inician en el Complej

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: En audiencias celebradas los días 27 y 30 de noviembre del año en curso, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas integrado por los jueces Guillermo Cádiz Vatcky, presidente, Jovita Soto Maldonado y Palmira Muñoz Leiva, se llevó a efecto el juicio seguido en contra de JOSÉ HERIBERTO ABURTO PAREDES, cédula de identidad N° 13.169.447-4, nacido el 21 de diciembre de 1976 en Castro, 43 años, soltero, buzo mariscador, domiciliado en calle Fagnano N° 156 interior, Punta Arenas. Comparecieron al juicio el fiscal Sebastián González Morales, el abogado defensor Juan José Arcos Srdanovic y el acusado ya individualizado. SEGUNDO: De acuerdo al auto de apertura el Ministerio Público basa su acusación en los siguientes hechos: “Con fecha 7 de octubre de 2015, la víctima Jorge Alexis Parra De La Rosa, suscribió con el acusado JORGE HERIBERTO ABURTO PAREDES, un contrato ante Notario para que este último le administrara su cuenta de ahorro del Banco Estado N° 92060255409 debido a que la víctima se encontraba privada de libertad en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, y necesitaba que alguien en quien confiaba, le llevara periódicamente especies personales y dinero. Así, las cosas, desde el 8 de octubre de 2015 al 13 de junio de 2016, el imputado en virtud del contrato celebrado, logró girar desde esa cuenta la suma de $ 16.956.000 pesos, sólo entregándole a la víctima especies y dinero avaluados en la suma de $3.000.000 de pesos, apropiándose el imputado del resto del dinero extraído de la cuenta de la víctima, no restituyéndoselo hasta el día de hoy, no obstante la víctima reiteradas solicitudes en este sentido”. Jovita del Carmen Soto Maldonado Juez Redactor Fecha: 05/12/2020 11:43:32 XFBJSJLGDW Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Presidente Fecha: 05/12/2020 12:16:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 En concepto del ente persecutor los hechos reseñados configuran el delito de apropiación indebida del artículo 470 N° 1 en relación al 467 N° 1 ambos del Código Penal, en grado consumado. Le atribuye al acusado participación en calidad de autor. Solicita se le aplique la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 15 unidades tributarias mensuales, más accesorias legales y costas de la causa. TERCERO: El fiscal en el alegato de apertura expresa que estos hechos se inician en el Complejo penitenciario de Punta Arenas, donde se conocieron el imputado y la víctima, ambos estaban cumpliendo condenas. Aburto Paredes en octubre de 2015 estaba próximo a recuperar su libertad y por la relación de confianza que se había fortalecid

Fallo

se acuerda de esa carta, responde que le envió varias cartas porque estaba sin nada en la cárcel y él no aparecía, se preguntaba qué pasa. Había veces que no lo autorizaban para ir al Banco. El documento anterior reseñado es de fecha 11 de febrero de 2017 y se lee, es la segunda página de ese documento “ José Aburto te escribo ya que no he sabido nada de ti ni de mi dinero, ya que sabes bien que tu sacaste toda mi plata de mi cuenta de ahorro, sacaste de a poco cada vez, no toda de un tirón hasta que el día 13 de junio sacaste $400.000 de los cuales me llevaste solo $200.000 a la mamá de Manuel, siendo que yo te dije que llevaras $400.000, así que sacaste y el mismo día fuiste al banco y sacaste lo que quedaba $8.893.857. Dice que la mamá de otro compañero de la cárcel le llevaba cosas y él tenía que pagarle. Jovita del Carmen Soto Maldonado Juez Redactor Fecha: 05/12/2020 11:43:32 XFBJSJLGDW Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Presidente Fecha: 05/12/2020 12:16:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 9 Reconoce que Aburto le llevó $200.000 para que le pagara a esa señora cree que fue esa la única vez que le pasó

Texto Completo (Preview)

1 RUC : 1601117743-7 RIT : 28-2019 ACUSADO : JOSÉ HERIBERTO ABURTO PAREDES DELITO : APROPIACION INDEBIDA. Punta Arenas, cinco de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: En audiencias celebradas los días 27 y 30 de noviembre del año en curso, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas integrado por los jueces Guillermo Cádiz Vatcky, presidente, Jovita So

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