Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ OCTAVIO ANDRÉS VARELA ALVARADO

Rol

O-205-2020

Fecha

4 de diciembre de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos eran constitutivos del delito consumado de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en el que le correspondía al Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 04/12/2020 13:54:47 DNEMSJMYKS Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 15:51:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 acusado participación como autor conforme al artículo 15 Nro. 1 del mismo cuerpo legal. En relación a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, indicó que no concurrían agravantes ni atenuantes, de modo que solicitó se condenara al imputado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, a las penas accesorias legales correspondientes, sin perjuicio del pago de las costas de la causa. TERCERO: Que, en sus alegaciones de apertura, la Fiscal adelantó que pediría la absolución del encausado, explicando que ya en audiencia previa se allanaron a que la prisión preventiva que le afectaba fuese modificada, advirtiendo el desinterés de la víctima, cuyo testimonio era fundamental ya que sólo ésta podía explicar las circunstancias relevantes,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha tres de diciembre del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces don Francisco Lanas Jopia, quien presidió, doña Luz Oliva Chávez y doña Claudia Lewin Arroyo, todos titulares, se llevó a efecto mediante video conferencia, a través de la Plataforma Zoom, la audiencia del juicio oral correspondiente a la causa RIT 205-2020, RUC N° 2000585176-K, seguida por el delito de robo con intimidación, en contra de OCTAVIO ANDRÉS VARELA ALVARADO, chileno, cédula nacional de identidad N° 15.690.253-5, soltero, nacido el 23 de mayo de 1983, 37 años de edad, trabajador de amasandería, con domicilio en calle Rio Maule Nº 9593 de Antofagasta, quien compareció a dependencias del tribunal para los efectos de conectarse a la plataforma mencionada. Representó al Ministerio Público, la Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de esta ciudad doña Ana María Escobar González, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Licitada don Sergio Balcázar Arias, ambos con domicilios en esta ciudad, conocidos por el tribunal y correos electrónicos registrados para efectos de notificación. SEGUNDO: Que la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos, según se lee del auto de apertura del juicio de fecha 29 de octubre de 2020, remitido desde el Tribunal de Garantía de esta ciudad: Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 04/12/2020 13:54:47 DNEMSJMYKS Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 15:51:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 “El día 09 de junio de 2020 aproximadamente a las 23:00 horas, en circunstancias que la victima de iniciales J.M.M.E. caminaba por la Avenida Padre Hurtado de esta ciudad a la altura del n° 1681, fue interceptada por el imputado OCTAVIO ANDRES VARELA ALVARADO quien intentó entablar una conversación con la víctima y se acercó a la misma, para luego colocar un cuchillo en su cuello y decirle “pásame las cosas de valor que teni, pásame la mochila” por lo que la víctima accedió a lo pedido por el imputado y le entregó la mochila que llevaba consigo, a lo que el imputado procedió a revisarla y sacar desde su interior un teléfono celular marca Samsung, modelo A-30 y la suma de $4.500 en dinero en efectivo, para luego botar la mochila y decirle en forma agresiva a la víctima “recógela y ándate y si llamai a los pacos te mato”, para luego el imputado retirarse del lugar e ingresar al domicilio ubicado en la Avenida Padre Hurtado n° 1681. La víctima al retirarse del lugar, contactó a Carabin

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 48, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se absuelve a OCTAVIO ANDRÉS VARELA ALVARADO, cédula nacional de identidad N° 15.690.253-5, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, como autor del delito de robo con intimidación, en relación con hechos que habrían acontecido el 9 de junio de 2020, en esta ciudad. II.- Cada parte pagará sus costas. III.- Ofíciese a los organismos que corresponda comunicando lo resuelto y remítase copia autorizada de esta sentencia, una vez ejecutoriada, al Juzgado de Garantía de esta ciudad para su cumplimiento. IV.- Sin perjuicio del veredicto absolutorio, asignando la ley, pena aflictiva al delito por el cual se acusó, en su oportunidad, dese cumplimiento a lo ordenado en el artículo 17 de la Ley 18.556 sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral, modificada por la Ley 20.568. Regístrese. Redactada por la juez Claudia Lewin Arroyo. RIT Nro. 205-2020.- RUC Nro. 2000585176-K.- Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 04/12/2020 13:54:47 DNEMSJMYKS Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 15:51:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental.

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1 Antofagasta, cuatro de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha tres de diciembre del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces don Francisco Lanas Jopia, quien presidió, doña Luz Oliva Chávez y doña Claudia Lewin Arroyo, todos titulares, se llevó a efecto mediante video conferencia, a tra

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