JOSE LUIS NAVIA JIMENEZ C/ KATHERINE MYRIAM MELILLÁN TORRECILLA
Rol
O-2-2019
Fecha
4 de diciembre de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que el Ministerio Público y la Querellante sostuvieron su acusación fueron los siguientes: “Como cuestión previa se debe indicar que desde el mes de agosto de 2003, hasta el día 11 de marzo de 2015, Eugenio San Román Courbis poseía una empresa de Regularización y Saneamiento de la pequeña propiedad, prestando servicios profesionales a diversas personas, principalmente en sectores rurales, encontrándose inscrito en el registro de contratistas del Ministerio de Bienes Nacionales, y poseyendo oficinas en las comunas de Viña del Mar, Puchuncaví, el Tabo, Quillota y La Ligua En este contexto, la imputada Catherine Melillán Torrecilla desde el 01 de mayo de 2007 hasta el mes de enero de 2015, se desempeñó como secretaria administrativa, recepcionista y operadora telefónica en las oficinas de Viña del Mar y de Puchuncaví. Desde el año 2010 hasta el mes de enero de 2015, la imputada aparentando empresa o negociación imaginaria defraudó a lo menos a un grupo de 40 personas. En este sentido, la imputada haciéndose pasar como una trabajadora con mayores atribuciones que las que tenía captó y gestionó clientes a nombre supuestamente de la Empresa San Román, con el fin de imaginariamente gestionar la regularización y saneamiento de la pequeña propiedad, captando dineros de forma directa o indirecta, dineros de los cuales se apropió. A modo ejemplar, la imputada, realizó diversas reuniones donde supuestamente informaba avances en la tramitación de la regularización, solicitó cantidades de dineros por diversos concepto, efectuó la confección de un levantamiento planimetrico a fin de simular avances en la regularización, entregó documentos o contratos supuestos que imaginariamente avalaban la regularización, generó y manipuló directa o indirectamente datos en la página web del Ministerio de Bienes Nacionales, todo esto con el fin de generar un engaño que finalmente llevase a una disposición patrimonial que generase perjuicio en las victimas. A través de este engaño se def
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha dieciséis, diecisiete, dieciocho, diecinueve, veinte, veintitrés, veinticuatro, veinticinco, veintiséis y veintisiete de noviembre en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidida por el Juez don Alonso Arancibia Rodríguez, e integrada además por el Juez don Manuel Muñoz Chamorro y la Juez doña Angélica Jiménez Lagos, todos titulares del tribunal, se llevó a efecto la audiencia de juicio RIT 2-2019, seguido en contra de los acusados KATHERINE MYRIAM MELILLAN TORRECILLA, cédula de identidad 13.268.854-0, domiciliada en Calle Los Aromos N° 73 Las Ventanas, Puchuncaví y en contra de GUILLERMO WLADIMIR VALENZUELA ESPIÑEIRA, cédula de identidad 12.514.260-5, domiciliado en Calle Los Aromos N° 73 Las Ventanas, Puchuncaví. Fue parte acusadora del presente juicio, el Ministerio Público de Quintero, representado por el Fiscal don Luis Ventura Pinzón, con domicilio y forma de notificación ya registradas en el tribunal. La parte Querellante, estuvo representada por los abogados don César Vergara Hernández y don Héctor Galleguillos Carmona, con domicilios y formas de notificación ya registradas en el tribunal. DHXLSJQBSS Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 16:14:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl La defensa de los acusados, estuvo a cargo de los Defensores Penales privados don Carlos Oliva Ballón y don Roberto Aldana Salinas, con domicilio y forma de notificación ya registradas en el tribunal. SEGUNDO: Que, los hechos que el Ministerio Público y la Querellante sostuvieron su acusación fueron los siguientes: “Como cuestión previa se debe indicar que desde el mes de agosto de 2003, hasta el día 11 de marzo de 2015, Eugenio San Román Courbis poseía una empresa de Regularización y Saneamiento de la pequeña propiedad, prestando servicios profesionales a diversas personas, principalmente en sectores rurales, encontrándose inscrito en el registro de contratistas del Ministerio de Bienes Nacionales, y poseyendo oficinas en las comunas de Viña del Mar, Puchuncaví, el Tabo, Quillota y La Ligua En este contexto, la imputada Catherine Melillán Torrecilla desde el 01 de mayo de 2007 hasta el mes de enero de 2015, se desempeñó como secretaria administrativa, recepcionista y operadora telefónica en las oficinas de Viña del Mar y de Puchuncaví. Desde el año 2010 hasta el mes de enero de 2015, la imputada aparentando empresa o negociación imaginaria defraudó a lo menos a un grupo de 40 personas. En este sentido, la imputada haciéndose pasar como una trabajadora con mayores atribuciones que las que te
Fallo
se acuerda como se llamaba la empresa y tenía una oficina en la comuna de Puchuncaví y llegó ahí para regularizar un terreno, ubicado en la localidad de Pucalan, ubicado en Puchuncaví. Fue a la oficina y habló con la secretaria para regularizar el terreno, y ahí le dijeron que le iban ayudar a regularizar el terreno por cierta cantidad de plata y necesitaba regularizarlo porqué era de unos familiares de él los cuales nunca lo habían regularizado y él se los compró y quería pasarlo a su nombre. La primera vez que fue a la oficina habían dos mujeres, habló con una de ellas, respecto a su nombre, no lo recuerda, y a esa persona le explicó a lo que iba y ellas le explicaron el modo de trabajo de la empresa y llegaron a un acuerdo, que ellos harían el trabajo de todo lo que era el trámite y documentación para regularizar en Bienes Nacionales y por esa gestión le cobraron $600.000 cree, que se pagaron en cuotas de $50 mil mensuales, por la gestión, tenía los recibos de pago incluso en reunión con el dueño de la empresa se los mostró, era por el total de pagos que había hecho, él le sacó fotocopias y al pasar los años él tomó su documentación y los botó a la basura. Se hizo un contrato por este servicio por el total del trabajo, el pago en la oficina de Puchuncaví y cree que pagó con dos con cheques y como seis en efectivo, estas cuotas la pagaba a la secretaría que estaba en la oficina de Puchuncaví, era una la que hacía de jefa y la otra parece que era su ayudante. Con esta regul
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DELITO: ESTAFAS REITERADAS RIT 2-2019 RUC 1510003094-K ACUSADOS: KATHERINE MYRIAM MELILLAN TORRECILLA Y GUILLERMO WLADIMIR VALENZUELA ESPIÑEIRA FISCAL: LUIS VENTURA PINZON QUERELLANTE: CESAR VERGARA HERNANDEZ Y HECTOR GALLEGUILLOS CARMONA DEFENSOR PRIVADO: CARLOS OLIVA BALLON Y ROBERTO ALDANA SALINAS Viña del Mar, viernes cuatro de diciembre de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO:
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