MINISTERIO PUBLICO C/ JOSÉ RODRIGO ZÚÑIGA SOTO
Rol
O-65-2020
Fecha
4 de diciembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos se probarán con las declaraciones de las víctimas, de los funcionarios policiales y con fotografías que dan cuenta del sitio del suceso y las especies, por lo que, solicita se apliquen las penas pedidas en la acusación. En su alegato de clausura aduce que con la declaración de las víctimas y los funcionarios policiales, más las fotografías del sitio del suceso se ha acreditado el hecho y la participación, estos hechos ocurrieron en el domicilio de la víctima Karen López Alarcón y Erick Mardones, en el pasaje Juan Francisco N°165, de la comuna de Melipilla; el ingreso del imputado al inmueble se produjo vía escalamiento, toda vez que estaba resguardado por un cierre perimetral compuesto por una reja y un portón de madera, sumado a que ambas víctimas reconocen al imputado como al sujeto que sorprendieron al interior del domicilio y que ayudado por otro sujeto, que no pudo ser detenido, lograron sustraer este balón de gas, que en definitiva fue encontrado por la víctima al momento que se percató que intentaban sacarlo al exterior, balón de gas que estaba en la parte delantera del inmueble. Además había un sujeto esperando afuera que le entregaran las especies por encima del cierre perimetral, el que no fue identificado, siendo detenido el imputado y reconocido por ambas víctimas como la persona encontrada en el lugar. Además las víctimas manifestaron que había un segundo balón de gas de 15 kilos, que no se encontraba de la forma como ellos lo mantenían tapado, que incluso había movido una bicicleta, lo que da cuenta que el imputado al esconderse, estaba esperando que las víctimas se acostaran para huir del lugar o sustraer el otro cilindro de gas. SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 11:49:49 MAURICIO ALEJANDRO CUEVAS GATICA Juez Integrante Fecha: 04/12/2020 13:16:17 SSCBSJWRNT JESSICA DEL CARMEN COFRE HIDALGO Juez Presidente Fecha: 04/12/2020 17:39:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADO
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal e Intervinientes. Que con fecha treinta de noviembre del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrado por los jueces doña Jessica Cofré Hidalgo, en calidad de Juez Presidente; doña Sylvia Alvarado Estay, como Jueza redactora y don Mauricio Cuevas Gatica, como tercer Juez integrante, se llevó a efecto a través de la plataforma zoom, el Juicio Oral Rol Único de Causa N° 2.000.625.036-0, Rol Interno del Tribunal Nº 65-2020, seguido en contra de JOSÉ RODRIGO ZÚÑIGA SOTO, cédula de identidad N° 13.773.406-0, nació el 15 de febrero de 1978, soltero, domicilio en Pasaje Roberto Cornejo N°2437, Tres Poniente, Villa Renacer, comuna de Melipilla, a la medida cautelar de prisión preventiva, desde 22 de junio de 2020 a la fecha. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Luis Carreño Muñoz, en tanto, la defensa del acusado a cargo del Defensor Penal Público, don Víctor Rivas Guzmán todos con domicilios y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación Fiscal. Que, el hecho en que se fundó la acusación fue el siguiente: “El día 22 de junio de 2020, alrededor de la 01:50 horas, en circunstancias que la víctima doña Karen López Alarcón, se encontraba en su domicilio y lugar habitado, ubicado en Pasaje Pintor Juan Francisco González N°165 en la comuna de Melipilla, en compañía de su conviviente Erick Mardones Catalán, hasta dicho lugar llegó el imputado José Zúñiga Soto, en compañía de otro sujeto no identificado, quienes ingresaron al inmueble vía escalamiento de la reja perimetral del frontis del domicilio, para una vez en su interior, sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un cilindro de gas marca Gasco, siendo sorprendidos por la victima Erick Mardones Catalán, quien sólo logró la detención del imputado, dándose el otro a la fuga del lugar”. A juicio del Ministerio Público el hecho descrito es constitutivo del delito de Robo con fuerza en lugar habitado descrito en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en grado de frustrado, pero que conforme al artículo 450 del Código Penal se sanciona como consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del mismo cuerpo legal. Asimismo, señala la fiscalía al acusado ZÚÑIGA SOTO no le benefician circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal, esto es, la reincidencia propia específica. SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez Redactor Fecha: 04/12/2020 11:49:49 MAURICIO ALEJANDRO CUEVAS GATICA Juez Integrante Fecha: 04/12/2020 13:16:17 SSCBSJWRNT JESSICA DEL CARMEN COFRE HIDALGO Juez Presidente Fecha: 04/12/2020 17:39:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de
Fallo
se acuerda de todo, le vio el rostro y le dijo todo lo que tenía que decirle, por eso recuerda su cara perfectamente, andaba con short y encapuchado. El sujeto estuvo todo el rato dentro de su domicilio, cuando llegó Paz Ciudadana lo esposaron no podían hacer nada más, no podían llevárselo, este sujeto se mantuvo entre 15 a 20 minutos escondido, estaba esperando que se fueran a acostar para poder arrancar. Afuera había un sujeto, el otro que sacó el gas de su lugar es el que estaba adentro, por eso se escondió, ella solo lo vio después. No encontraba respuesta de cómo el otro sujeto había sacado el gas de su lugar si estaba afuera. En un primer momento solo vio a un sujeto y el balón de gas cerca de la reja, no calzaba porque si era solo un sujeto quien había sacado el balón de gas desde patio trasero y lo había trasladado al patio delantero, la perra ladraba. No le concordaba si el otro sujeto estaba afuera cómo había sacado el gas de su lugar El sujeto que encontraron escondido dijo que era un dato, que le habían dicho que ella vivía sola con su hija. Nadie lo agredió, solo lo redujeron y apretaron. Tribunal: no formula preguntas. B.- OTROS MEDIOS DE PRUEBA: 1.- Set compuesto de 03 fotografías del sitio del suceso y especie sustraída. OCTAVO: Prueba de la defensa. Que por su parte, la defensa no rindió prueba propia en el juicio. NOVENO: Elementos del tipo penal y bienes jurídicos protegidos. Que el delito de robo con fuerza en las cosas en dependencias de un lugar ha
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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA CONTRA: JOSÉ RODRIGO ZÚÑIGA SOTO R.U.C. N° 2.000.625.036-0 R.I.T. N° 65-2020 DELITO: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN DEPENDENCIAS DE UN LUGAR HABITADO Melipilla, cuatro de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal e Intervinientes. Que con fecha treinta de noviembre del a
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