MP C/ JOSÉ IGNACIO COFRÉ BRIEL
Rol
O-3916-2020
Fecha
25 de noviembre de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos mencionados en la acusación. - NUE 6187981: el casco color naranjo del imputado preso. V.- Se dispone la incorporación de la huella genética del sentenciado en virtud de lo establecido en la ley de registro de ADN. VI.- Sin costas por haber evitado costos de un juicio oral. NO Habiéndose renunciado a los plazos, dese cumplimiento, a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ruc 2000456178-4 Rit 3916-2020 Resolvió, Carolina Ivonne Reyes Candia, Juez titular del Segundo de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. EHYNSJQXYB CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 03/12/2020 09:48:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-12-03T09:48:29-0300 Corte Suprema CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Verificación Legal
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ IGNACIO COFRÉ BRIEL, sin oficio, chileno, ya individualizado, en calidad de autor de TRES delitos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 INC 1 del Código Penal, en grado de consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 5 de mayo de 2020 en distintos horarios, a sufrir la pena ÚNICA de SIETE AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO. A la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. (artículo 28 del Código Penal) II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, dada la pena impuesta, por NO reunir requisitos del artículo de la ley 18.216, la pena impuesta deberá serlo de manera real y efectiva, sirviéndole de abono el tiempo en prisión preventiva desde el 6 de mayo de 2020, lo que suma un abono de 203 días. III.- Se acoge la petición de la defensa en cuanto se opuso al comiso del celular por no pertenecer al imputado. IV.- Se dispone el comiso de las siguientes especies provenientes del delito: - NUE 6187970: una tarjeta de biblioteca del imputado GARIN PASTENE. - NUE 6187971: marihuana encontrada en el vehículo PPU CKCG.50 en poder del imputado preso. - NUE 6187972: llave de la motocicleta utilizada en los 3 hechos. - NUE 6187973: un celular encontrado marca SAMSUNG con imagen de Francia encontrado en el banano del imputado preso. - NUE 6187975: una
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO VIA ZOOM FECHA: Santiago, veinticinco de noviembre dos mil veinte TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 2000456178-4 RIT: 3916-2020 IMPUTADO JOSÉ IGNACIO COFRÉ BRIEL C.I. 19.709.403-6 FECHA DE NACIMIENTO 24/01/1999 DIRECCION Calle Jardìn De Venus Norte Nº 560 COMUNA: Quilicura DELITOS
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