Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

MP C/ FELIPE IGNACIO VERGARA AVILEZ

Rol

O-88-2020

Fecha

2 de diciembre de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y circunstancias en que funda su acusación son brevemente los siguientes: “El día 30 de julio 2019, alrededor de las 13:00 horas, el acusado Felipe Ignacio Vergara Avilez se dirigió, con la intensión de sustraer especies, hasta la tienda Bubble Gummers, ubicando en el local 125 del centro comercial Plaza de los Ríos en calle Arauco 561, acompañado de una mujer no Cecilia Margarita De Lourdes Samur Cornejo Juez Integrante Fecha: 02/12/2020 14:30:49 German Cristian Olmedo Donoso Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 14:39:50 XXYXSXEYPT Carlos Andres Flores Valenzuela Juez Presidente Fecha: 02/12/2020 14:44:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 identificada. Entraron a la tienda y la mujer distrajo la atención de Viviana Jelvez Bahamondes y Zinia Paulina Catalán Provoste, quienes estaban atendiendo el local. Mientras tanto Vergara, tomó la suma de $118.000 (ciento dieciocho mil pesos) en dinero en efectivo, de la caja. De ello se percató doña Viviana Jelvez, quien increpó al acusado, produciéndose un forcejeo entre ambos. Zinia Catalán por su parte acudió en ayuda de Paulina. Durante el forcejeo Vergara Avilez le dio golpes de puño en los brazos y cuello de las víctimas. En auxilio de ellas llegaron los guardias de seguridad que detuvieron a Vergara en el lugar. Como consecuencia de las agresiones del acusado, doña Viviana Jelvez resultó con contusión en la mano izquierda y contusión cervical bilateral, de carácter leve, y doña Zinia Catalán resultó con erosión esternal de más o menos 2 centímetros, de carácter leve.” En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, el Ministerio Públ

Fundamentos

fundamentos principales expuestos en la oportunidad señalada y con el mérito de la prueba que a continuación se analiza y pondera. Cecilia Margarita De Lourdes Samur Cornejo Juez Integrante Fecha: 02/12/2020 14:30:49 German Cristian Olmedo Donoso Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 14:39:50 XXYXSXEYPT Carlos Andres Flores Valenzuela Juez Presidente Fecha: 02/12/2020 14:44:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 SEXTO: Análisis y valoración de los elementos de convicción. Que a fin de analizar la prueba rendida cabe distinguir los siguientes hechos, que se tienen por acreditados: Que el 30 de julio de 2019, cercano a las 13:00 horas, el acusado Felipe Ignacio Vergara Avilez, se trasladó con la intención de sustraer especies hasta la tienda comercial Bubble Gummers ubicada en el primer nivel Mall Plaza de los Ríos de esta ciudad. Una vez en el interior y aprovechando que las dependientes del local se hallaban ocupadas en sus labores, procedió a recostarse sobre un mesón y alcanzar con sus manos la gaveta del local donde era guardado el dinero del establecimiento, procediendo a apropiarse de la suma de $118.000.- en efectivo, el que guardó en uno de sus bolsillos. Tal situación fue advertida por una de las dependientes del local, quien lo encara y solicita la devolución del dinero, iniciándose con ésta y otra dependiente un forcejeo con Vergara Avilez cuando pretendía salir del local comercial con el dinero ya apropiado, resultando éstas con lesiones leves. Finalmente, con la cooperación de terceros se logró la retención de acusado en espacio que sirve de ingreso del local, recuperándosela totalidad del dinero apropiado. El conjunto de circunstancias descritas y la participación del acusado en la forma señalada se han podido acreditar con los medios de prueba que a continuación se exponen junto con sus fundamentos de valoración: Zinia Catalán Provoste, víctima quien expresó que se encontraba trabajando en tienda Bubble Gummers, ubicada en primer nivel del Mall, recordando que el año pasado hubo un robo, mientras estaba junto a otras tres colegas: una en bodega y ella con su jefa se hallaban atendiendo al público, cuando en un momento entró el imputado acompañado con una señora. Agregó, apreciar que el sujeto se mantenía observando el local y dando vueltas, mientras atendíamos a otras personas y en momento se pide ir a buscar una caja a bodega y al regresar escuchó un golpe en uno de los muebles Cecilia Margarita De Lourdes Samur Cornejo Juez Integrante Fecha: 02/12/2020 14:30:49 German Cristian Olmedo Donoso Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 14:39:50 XXYXSXEYPT Carlos Andres Flores Vale

Fallo

SE DECLARA: I.- QUE SE CONDENA a FELIPE IGNACIO VERGARA AVILEZ, cédula nacional de identidad N° 17.963.021-4, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y MULTA de CINCO (5) Unidades Tributarias Mensuales, más las accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; así como al pago de las costas de la causa, en su carácter de AUTOR de un delito de hurto de especies, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción, el 30 de julio de 2019. II.- QUE SE CONDENA a FELIPE IGNACIO VERGARA AVILEZ, cédula nacional de identidad N° 17.963.021-4, ya individualizado, a Cecilia Margarita De Lourdes Samur Cornejo Juez Integrante Fecha: 02/12/2020 14:30:49 German Cristian Olmedo Donoso Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 14:39:50 XXYXSXEYPT Carlos Andres Flores Valenzuela Juez Presidente Fecha: 02/12/2020 14:44:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 12 la MULTA de UNA (1) Unidad Tributaria Mensual; así como al pago de las costas de la causa, en su carácter de AUTOR de un delito de lesiones falta, en grado de consumado, en la persona de Zinia Cata

Texto Completo (Preview)

1 Valdivia, dos de diciembre de dos mil veinte VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Intervinientes. Que durante la jornada del veintisiete de noviembre de dos veinte, ante esta Segunda Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, con la presencia ininterrumpida de los magistrados don Carlos Flores Valenzuela, quien la presidió, doña Cecilia Samur Cornejo y d

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