2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ALARCON/SOCIEDAD INTEGRAL DE MEDICA ESTETICA CIMET LIMITADA

Rol

M-2038-2020

Fecha

17 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en la demanda, tal y como están en el reclamo y va a proceder a dictar sentencia. Sentencia: Se transcribe solo lo resolutivo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por Stefany Kathipsa Alarcon Patiño, RUT 27.209.606-k.- en contra de su ex empleador Sociedad Integral De Medica Estética Cimet Limitada., RUT 76.993.021-3.- y se ordena al pago de las siguientes prestaciones: a. $822.733.- por lucro cesante b. $156.733.- por feriado legal II. Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Medida cautelar: De conformidad al artículo 444 del Código del Trabajo y en virtud de la sentencia recién dictada, de manera de asegurar el resultado del juicio, se decreta la medida precautoria de retención de dineros que exista en poder de la empresa Transbank respecto de la demandada Sociedad Integral De Medica Estética Cimet Limitada., RUT 76.993.021-3.-, hasta por la suma de $1.000.000, debiendo la institución bancaria, en un plazo de 10 días informar al Tribunal si existen bienes suficientes para la retención, en caso de ser efectivo, deberá remitirlo al Tribunal a la cuenta corriente N°575801 del Banco Estado. La medida antes indicada deberá efectuarse por funcionario del Tribunal, sin perjuicio de autorizar su notificación por medio de correo electrónico que la institución ha indicado para tales efectos, sirviendo la presente resolución de suficiente y

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por Stefany Kathipsa Alarcon Patiño, RUT 27.209.606-k.- en contra de su ex empleador Sociedad Integral De Medica Estética Cimet Limitada., RUT 76.993.021-3.- y se ordena al pago de las siguientes prestaciones: a. $822.733.- por lucro cesante b. $156.733.- por feriado legal II. Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Medida cautelar: De conformidad al artículo 444 del Código del Trabajo y en virtud de la sentencia recién dictada, de manera de asegurar el resultado del juicio, se decreta la medida precautoria de retención de dineros que exista en poder de la empresa Transbank respecto de la demandada Sociedad Integral De Medica Estética Cimet Limitada., RUT 76.993.021-3.-, hasta por la suma de $1.000.000, debiendo la institución bancaria, en un plazo de 10 días informar al Tribunal si existen bienes suficientes para la retenció

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 17 de noviembre de 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 20-4-0281669-5 RIT M-2038-2020 MAGISTRADO CAROLINA ANDREA LUENGO PORTILLA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNANDEZ HORA DE INICIO 12:34 HORAS HORA DE TERMINO 12:42 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 204

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