MP C/ JOHN ADRIÁN MERINO MORALES
Rol
O-160-2019
Fecha
27 de noviembre de 2020
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 22 de marzo del año 2019, alrededor de las 10:25 horas, en circunstancias que personal policial efectuaba un patrullaje preventivo por Calle Acevedo, comuna de Peralillo, lograron percatarse que en el domicilio particular sobresalían sobre la pandereta unas plantas vegetales cannabis sativa en proceso de crecimiento estando estas a la vista en la vía pública debido a sus grandes dimensiones, tomando carabineros contacto con el fiscal de turno a las 10:15 horas de la mañana, quien autoriza la entrada voluntaria al inmueble ubicado en Calle Pedro de Valdivia s/n, comuna de Peralillo, de propiedad del imputado John Adrián Merino Morales. Una vez al interior del inmueble personal policial se percata que en el patio posterior se encontraban 7 plantas de genero de cannabis sativa de 1 metro con 50 centímetros a 3 metros de altura, utilizando para ello un tipo invernadero, procediendo en ese instante a su detención. Los hechos descritos constituyen el delito de Cultivo de droga, previsto y sancionado en el artículo 8° de la Ley 20.000, teniendo el imputado participación de autor de delito consumado. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JOHN ADRIÁN MERINO MORALES/ Comparece desde reciento penal mediante video conferencia C.C.P Santa Cruz, por causa diversa. 15.400.828-4 Calle Pedro de Valdivia Sector Población Nº s/n Peralillo. DICTACIÓN DE SENTENCIA: Peralillo, veintisiete de noviembre de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Dando por reproducidos la exposición de antecedentes y considerandos, los que han sido reseñados detalladamente en la audiencia y de los cuales ha quedado registro en las pistas de audio pertinentes que se encuentran a disposición de los intervinientes, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1,3,5, 15 Nº 1, 68, 69 y 70 del Código Penal; 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y artículo 8 de la Ley 20.000, SE DECLARA: XQBJSXSDJW
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1,3,5, 15 Nº 1, 68, 69 y 70 del Código Penal; 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y artículo 8 de la Ley 20.000, SE DECLARA: XQBJSXSDJW Jose Antonio Ruiz Stanke Juez de garantía Fecha: 02/12/2020 19:14:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I. Que se condena a JOHN ADRIÁN MERINO MORALES, cédula de identidad N° 15.400.828-4, a la pena de (61) sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, por su participación como AUTOR, de (01) delito de Cultivo de Cannabis Sativa sin autorización del artículo 8° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo CONSUMADO por los hechos acaecidos en el en el territorio jurisdiccional de este tribunal con día 22 de marzo de 2019, al pago de la pena pecuniaria de (05) cinco Unidades Tributarias Mensuales, igualmente se le sanciona con la pena accesoria de suspensión a cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Código Penal. II. Reuniendo en la especie, los requisitos establecidos en el artículo 4 de la ley 18.216, se le concede
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INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Fecha Peralillo., veintisiete de noviembre de dos mil veinte Magistrado JOSE RUIZ STANKE Fiscal FELIPE MOLINA VALENZUELA Defensor ANTONIO SALAS QUIROGA Hora inicio 11:37AM Hora termino 11:57AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. Acta Nathaly Veloz Valdés RUC 1910013336-1 RIT 160 – 2019 Hechos: Con fecha 22 d
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