MP C/ LUIS ADALID ARIAS SORIA
Rol
O-17-2020
Fecha
2 de diciembre de 2020
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3)., USURPACION DE NOMBRE.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que han sido objeto de la acusación del Ministerio Público, según en síntesis se expresa en ella de acuerdo al auto de apertura, son del siguiente tenor: “El día 04 de mayo de 2019, aproximadamente a las 02:35 horas, en la ruta cinco norte, kilómetro 846, comuna de Copiapó, se trasladaba como pasajero en el interior de un bus de la empresa Pullmanbus, con origen Calama con destino a la ciudad de Santiago, el acusado Luis Adalid Arias Soria, extranjero, siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros de Chile, quien oculto su real identidad y dijo llamarse PAUL HURTADO VACA DIEZ, exhibiendo un DNI de otra persona, usurpando dicha identidad, quien transportaba con fines de tráfico, en el interior del maletero del bus, en una maleta color negro con blanco signada con el ticket 7394608, 03 paquetes de forma ovalada, envueltos en papel aluza transparente contenedores de cocaína clorhidrato con un porcentaje de pureza de entre un 23% y 41% y 01 paquete de forma ovalada, envuelto en papel aluza transparente contenedor de cocaína base con un porcentaje de pureza de un 46% según determino protocolo de análisis de ISP con un peso total de los 4 paquetes de 04 kilos 169 gramos y 09 paquetes de forma rectangular, envueltos en papel aluza XVXTSXFMMQ Juan Pablo Palacios Garrido Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 11:32:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 transparente contenedoras de 09 kilos 394 gramos de marihuana, con presencia de THC según protocolo de análisis de S. Salud. Además se le incauto al acusado dos teléfonos celular marca Samsung y marca alcatel.” A juicio del Ministerio Públ
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación fiscal.- Que los hechos y circunstancias que han sido objeto de la acusación del Ministerio Público, según en síntesis se expresa en ella de acuerdo al auto de apertura, son del siguiente tenor: “El día 04 de mayo de 2019, aproximadamente a las 02:35 horas, en la ruta cinco norte, kilómetro 846, comuna de Copiapó, se trasladaba como pasajero en el interior de un bus de la empresa Pullmanbus, con origen Calama con destino a la ciudad de Santiago, el acusado Luis Adalid Arias Soria, extranjero, siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros de Chile, quien oculto su real identidad y dijo llamarse PAUL HURTADO VACA DIEZ, exhibiendo un DNI de otra persona, usurpando dicha identidad, quien transportaba con fines de tráfico, en el interior del maletero del bus, en una maleta color negro con blanco signada con el ticket 7394608, 03 paquetes de forma ovalada, envueltos en papel aluza transparente contenedores de cocaína clorhidrato con un porcentaje de pureza de entre un 23% y 41% y 01 paquete de forma ovalada, envuelto en papel aluza transparente contenedor de cocaína base con un porcentaje de pureza de un 46% según determino protocolo de análisis de ISP con un peso total de los 4 paquetes de 04 kilos 169 gramos y 09 paquetes de forma rectangular, envueltos en papel aluza XVXTSXFMMQ Juan Pablo Palacios Garrido Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 11:32:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 transparente contenedoras de 09 kilos 394 gramos de marihuana, con presencia de THC según protocolo de análisis de S. Salud. Además se le incauto al acusado dos teléfonos celular marca Samsung y marca alcatel.” A juicio del Ministerio Público, el acusado es autor, conforme a los artículos 14 y 15 n° 1 del Código Penal, de los delitos consumados de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3°, en relación al artículo 1°, ambos de la Ley 20.000; y usurpación de nombre del artículo 214 del texto punitivo. Indicó que no benefician al acusado atenuantes, perjudicándole en el delito de tráfico de drogas, la causal de agravación del artículo 12 n° 16 del sustantivo, por lo que solicita se le impongan las penas de doce años de presidio mayor en su grado medio, multa de cincuenta unidades tributarias mensuales, registro de la huella genética y comiso de dinero y elementos incautados, por el delito de tráfico ilícito de drogas; y trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de usurpación de nombre, respectivamente, en ambos casos más las accesorias legales correspondientes y costas de la causa. SEGUNDO: Alegatos de apertura
Fallo
por tanto, habría que aplicar esta figura que es de falta y residual del artículo 496 número 5, que calza con la conducta de su representado. CUARTO: Resumen de la controversia.- Que atendida la conformidad que manifestó el fiscal en su discurso de cierre con la figura propuesta por la Defensa, no resulta debatido en el presente caso ni la existencia del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, ni la falta de ocultación de identidad, respecto de los cuales el acusador recondujo finalmente su pretensión punitiva, como tampoco la participación culpable del acusado Luis Adalid Arias Soria en los mismos; sin embargo y aunque nadie discrepa del sustrato material de los ilícitos que convocaron su estudio ante esta audiencia de juicio oral, el Tribunal igualmente emitirá pronunciamiento respecto de ellos por razones de ponderación de prueba. Con todo, debe mencionarse que asimismo la Defensa adelanta desde ya en su petición, en cuanto a que su representado sea favorecido por parte XVXTSXFMMQ Juan Pablo Palacios Garrido Juez Redactor Fecha: 02/12/2020 11:32:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 del Tribunal con
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1 Copiapó, dos de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los Jueces don Felipe Izquierdo Parga, quien la presidió, don Eugenio Bastías Sepúlveda y don Juan Pablo Palacios Garrido, el día de ayer, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC 1900475357-K, RIT 17-2020,
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