2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MADARIAGA/VIÑA SAN PEDRO TARAPACA S.A.

Rol

T-1730-2019

Fecha

16 de noviembre de 2020

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Daño moral

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos relatados constituyen vulneración a lo dispuesto en el artículo 19 N°1 y además solicita daño moral por la suma de 30 millones de pesos. En subsidio solicita las indemnizaciones por despido y en relación a los años de servicios por todos los años trabajados por corresponder a las normas sindicales que rigen a la CCU y VSPT, más el recargo, devolución de AFC y vacaciones por 30 días. SEGUNDO: Contesta la demandada y niega los hechos señalados en la demanda, reconociendo relación laboral por 14 años, no hay reclamo de malos tratos laborales y no es efectivo el trato que indica en su demanda, lo atribuyen a que está dolida por haber sido despedida. En cuanto al despido se le notificó en una sala privada como siempre se hace antes del término de la jornada, donde su jefe directo le explica las razones de la decisión adoptada. Cuestiona la denuncia por no ser clara y precisa lo que trasgrede lo expuesto en el artículo 446 del CT cita jurisprudencia. Nada se adeuda en la especie haciendo presente que ya se ejerció la acción ejecutiva ante el Juzgado de Cobranza causa J-442-2019 donde se cobró lo que se pretende en subsidio. En cuanto a loa años de servicio corresponde el tope de 11 años. TERCERO: En preparatoria conciliación no se produce. Se fijan como hechos no controvertidos: 1. Fecha de inicio de la relación laboral el 3 de octubre del año 2005, en esa oportunidad para Viña Santa Helena. 2. A la época del despido se desempeñaba con Export Manager MECASE. 3. Tenía jornada conforme al artículo 22 del Código del Trabajo 4. Remuneración de la actora $ 2.483.252.- 5. Termino de la relación laboral el 31 de julio del año 2019, por la causal de necesidades de la empresa, cumpliendo las formalidades legales del despido. A probar: 1. Si son efectivos y ciertos los hechos contenidos en la carta de despido, pormenores y circunstancia en que se funda. 2. Efectividad la demandada Viña San Pedro Tarapacá S.A., incurrió en actos de vulneración de los derechos fundamental

Fallo

Por lo expuesto se desestima la demanda en este punto. En cuanto al daño moral, nada se ha acreditado más allá de lo razonado precedentemente, haciendo presente que la tesis propuesta para esta prestación es del todo general lo que hace imposible desprender más nexos causales de los que escasamente se logran desarrollar para la tutela denunciada, se desestima igualmente. En cuanto al primer hecho a probar, como ya se adelantó la carta de despido no dice nada el único hecho que se esgrime es el siguiente: “En efecto, dicha causal, se ha derivado de la reestructuración que la compañía debe introducir en la estructura organizacional en el área de trabajo en la cual usted presta sus servicios” Lo expuesto deviene en indefinido y se dará lugar al 30% de recargo. En cuanto a la base de cálculo de dicho recargo, la demandante enuncia que le corresponden 14 años de servicios sin tope, y luego entre paréntesis refiere (esto de acuerdo a las normas sindicales que rige la compañía CCU y VSPT). Al respecto señalar que se han ordenado exhibir tres finiquitos, el de José Miguel Jorquera refiere menos de 11 años en la empresa por lo que si la parte de los montos se encuentra tarjada es irrelevante para esta causa. Respecto de las dos restantes Pilar Moreno fueron 8 años y respecto de Patricia Contreras quien declara que se le pagaron los 14 años, el finiquito refiere un total a pagar y se desconoce si la testigo era o no sindicalizada y a cuanto ascendía su remuneración a objeto de poder

Texto Completo (Preview)

Santiago a dieciséis de noviembre de dos mil veinte. PRIMERO: Que ha comparecido NANCY MURIEL MADARIAGA LOPETEGUI cédula de identidad 13.254.076-4 domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo 7935 oficina 1010 Torre B Las Condes e interpone denuncia en procedimiento de tutela con ocasión del despido y cobro de prestaciones en contra de VIÑA SAN PEDRO TARAPACA S.A RUT 91.041.000-8 represent

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica