MINISTERIO PUBLICO C/ RAÚL HERNANDO MOLINA ÁLVAREZ
Rol
O-24-2020
Fecha
20 de marzo de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia del tribunal A Quo, con excepción de las consideraciones I a IV, eliminándose de la V, el párrafo que alude a la pena accesoria de suspensión de licencia de conducir y su parte resolutiva. Y teniendo además presente: PRIMERO: Que en la especie no se ha invocado por parte del órgano persecutor la agravante de reincidencia, ni tampoco aquella ha sido considerada por la sentenciadora al momento de determinar la pena corporal impuesta al sentenciado; en cambio, sí la ha tenido en cuenta para los efectos de determinar el tiempo que durará la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir. SEGUNDO: Que la anotación que registra el sentenciado en su extracto de filiación y antecedentes lo es por la comisión de un delito de igual naturaleza, pero ocurrido más allá de los plazos a que se refiere el artículo 104 del Código Penal, por lo que no corresponde que se considere para la regulación de la pena accesoria de suspensión de licencia de conducir. TERCERO: Que, como consecuencia de lo anterior, la pena accesoria de suspensión de licencia de conducir, se rebaja al tiempo de dos años. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7º, 11 Nº 9, 15 Nº 1, 18, 30, 49, 67, 69, 70, 102 Y 104 del Código Penal, lo prevenido en los artículos 110, 111, 195 bis y 196 de la Ley 18.290, artículos 1º, 7º y siguientes de la Ley 18.216, se RESUELVE: I.- I.- Que acoge el requerimiento y se condena a RAÚL HERNANDO MOLINA ALVAREZ, ya individualizado, como autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, perpetrado en la Comuna de Toltén con fecha 19 de Enero de 2020, a cumplir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos por el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENS
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7º, 11 Nº 9, 15 Nº 1, 18, 30, 49, 67, 69, 70, 102 Y 104 del Código Penal, lo prevenido en los artículos 110, 111, 195 bis y 196 de la Ley 18.290, artículos 1º, 7º y siguientes de la Ley 18.216, se RESUELVE: I.- I.- Que acoge el requerimiento y se condena a RAÚL HERNANDO MOLINA ALVAREZ, ya individualizado, como autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, perpetrado en la Comuna de Toltén con fecha 19 de Enero de 2020, a cumplir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos por el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR por el término de DOS AÑOS , plazo que se contará desde que la presente causa quede ejecutoriada. II.- Que se condena a don RAÚL HERNANDO MOLINA ÁLVAREZ, ya individualizado, como autor del delito de Negativa injustificada a someterse a prueba de alcoholemia, perpetrado en la Comuna de Toltén, con fecha 19 de Enero de 2020, a cumplir la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a LA SUSPENSIÓN DE LICENCIADE CONDUCIR por el término de UN MES, pena esta última que deberá cumplir a continuación de la señalada en el punto I. III.- Que la pena d
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C.A. de Temuco Temuco, veinte de marzo de dos mil veinte. En cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 385 del Código Procesal Penal, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia del tribunal A Quo, con excepción de las consideraciones I a IV, eliminándose de la V, el párrafo que alude a la pena accesoria de suspensión de licencia de conduci
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