C/ PAOLO ANDRÉS NAVIA CID
Rol
O-152-2020
Fecha
30 de noviembre de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha 25 de noviembre de 2020, ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por el Juez Presidente de Sala don RAÚL DÍAZ MANOSALVA, y por los magistrados doña ANA MARÍA HERNÁNDEZ MEDINA y don MARCELO ANDRÉS ROJAS ARENAS, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral RIT 152-2020, seguido en contra del acusado PAOLO ANDRES NAVIA CID, cédula de identidad N°20.634.375-3, nacido en Santiago el 21 de octubre de 2020, 20 años, chileno, soltero, independiente, domiciliado Calle JESÚS OBRERO, BLOCK 600 DEPTO 14-B Nº 14, comuna de Quilicura, Santiago, representado legalmente por el abogado defensor penal público, don ANDRO MITROVIC, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal; sosteniendo la acusación en el presente juicio, el fiscal del Ministerio Público, don CLAUDIO GONZÁLEZ SOTO, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que, en su acusación, el Ministerio Público sostuvo que: “El día 22 de Junio de 2019, aproximadamente a las18:10 horas, el acusado PAOLO ANDRES NAVIA CID mantuvo en su poder, condujo y transitó en la motocicleta inscrita bajo la PPU IL-0884, circulando en ella por las inmediaciones de la intersección de Av. San Luis con Lo Marcoleta, Quilicura. La motocicleta PPU IL-0884, de propiedad de don Marcelo Nuñez Avendaño, había sido sustraída por desconocidos el día 14/3/14, aproximadamente a las 20:00 horas, mediante un delito de robo con intimidación cometido contra Marcelo Nuñez Avendaño cometido en la caletera de la Av. Américo Vespucio a la altura de la intersección con Av. San Pablo, Pudahuel, y el imputado la mantuvo en su poder y utilizó conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, toda vez que no lo recibió de su dueño o tenedor legítimo, no mantenía documentación o antecedente alguno que justificara su tenencia legítima, la operaba sin mantener instalada su placa patente, e intentó evadir a personal policial que intentaba controlarlo”. A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, atribuyéndose al acusado, participación en calidad de autor del art.15 N°1 del Código Penal, agregándose que concurre, como ANA MARIA ANTONIETA HERNANDEZ MEDINA Juez Integrante Fecha: 30/11/2020 13:14:28 XVZKSHCEQT RAUL ALEJANDRO DIAZ MANOSALVA Juez Presidente Fecha: 30/11/2020 13:49:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inf
Fallo
fallo en cuanto a ser cuestionado sólo el elemento subjetivo del tipo penal de Receptación, la constatación de sus elementos objetivos resultan de, la declaración de los testigos funcionarios de carabineros Patricio Millar Rojas y Jonás Pérez Coronado, quienes manifestaron que el día 22 de junio de 2019 a las 18.10 horas aproximadamente, se desempeñaban como motoristas de la 49 com., de Quilicura y mientras hacían un patrullaje en el sector de calle San Luis, al llegar a Marcoleta, en la comuna de Quilicura, divisaron a un sujeto circulando en una moto negra, sin sus placas patentes. Se acercaron para fiscalizarlo. Al percatarse el motorista intentó evadir el control policial, con lo que lo siguieron y a unos metros de San Luis Norte se detuvo, solicitándoles la documentación de la moto. No tenía ninguno de ellos. Dando su rut se le identificó como Paolo Andrés Navia Cid, de 18 años. Por ANA MARIA ANTONIETA HERNANDEZ MEDINA Juez Integrante Fecha: 30/11/2020 13:14:28 XVZKSHCEQT RAUL ALEJANDRO DIAZ MANOSALVA Juez Presidente Fecha: 30/11/2020 13:49:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl los documentos de la moto di
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MINISTERIO PÚBLICO C/ PAOLO ANDRES NAVIA CID. RIT 152-2020 RUC 1900668483-4 DELITO: RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO. Santiago, treinta de noviembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha 25 de noviembre de 2020, ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada po
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