ARELLANO CON ODIN SEAFOODS CHILE SPA
Rol
O-486-2020
Fecha
16 de noviembre de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña MARTA SORIANO BARRIENTOS, abogada, en representación convencional de MAURICIO ESTEBAN FERNÁNDEZ PAILLANAO, RUT 15.927.540-K; MARCOS OMAR MORALES REBOLLEDO, RUT 12.988.796-6 y MISAEL ISAÍAS ARELLANO DÍAZ RUT 17.323.348-5, operarios, domiciliados en la comuna de Cunco, demandan a ODÍN SEAFOODS CHILE SpA RUT 76.805.404-5, del giro de piscicultura, representado por Raimundo Vives Fontaine, ambos domiciliados en La Avena N°1753, Puerto Varas. I. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL: 1.- Que mis representados ingresaron a prestar servicios para Odín Seafoods Chile SpA, bajo contrato de trabajo indefinido, como operarios de producción de la Piscicultura Los Raulíes, ubicada en el camino Cunco- Colico kilómetro 10,8, Ruta S-75, de la comuna de Cunco, en las siguientes fechas: - Mauricio Fernández: 22 Julio de 2019 - Marcos Morales: 03 de enero de 2019 - Misael Arellano: 12 de diciembre de 2018. 2. Su jornada de trabajo era de 45 horas semanales y su remuneración era variable, por los siguientes Montos: - Mauricio Fernández: $514.614.- - Marcos Morales: $504.778.- - Misael Arellano: $451.681.- Desde octubre de 2019, o noviembre en el caso de Misael Arellano, no se les exhibió ni entregó liquidación de remuneraciones. El pago de sus sueldos se realizaba a través de trasferencia electrónica. TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL: 1.- Que en la madrugada del sábado 08 de febrero de 2020, trabajando en turno de noche, alrededor de las 00:30 horas, fueron despedidos de manera verbal por la administradora de la empresa, Andrea Zamorano, quien los acusó de haber robado peces y les exigió presentar carta de renuncia firmada, a lo cual se negaron. 2.- Por orden de su jefe directo, Jhon Alex Kleinteuber, fueron obligados a abandonar de inmediato las dependencias de la empresa. 3.- Al momento del despido no se les entregó carta de despido ni fue enviada comunicación alguna a sus respectivos domicilios. Tampoco les fue pagada ninguna prestación por término de contrato ni su remuneración por los días trabajados del mes de febrero. 4.- Señalan mis representados que los hechos por los que fueron acusados y que les significaron la pérdida de su fuente de ingresos, se trató de una excusa para sacarlos de la empresa, por haber reclamado por el no pago de sus sueldos del mes de enero, los que a esa fecha se encontraban impagos y por el pago de cotizaciones previsionales que se encontraban impagas desde el mes de octubre de 2019. 5.- Que a la fecha del despido, y hasta la fecha de presentación de esta demanda, se encuentran impagas las cotizaciones previsionales de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020, así como aquellas proporcionales a los días trabajados del mes de febrero de 2020.- Hago presente a Usía que dichos meses coinciden con aquellos en que a mis representados no le fueron entregadas sus respectivas liquidaciones de sueldo. 6.- Por lo anterior c
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, interpuesta por MAURICIO ESTEBAN FERNÁNDEZ PAILLANAO, MARCOS OMAR MORALES REBOLLEDO y MISAEL ISAÍAS ARELLANO DÍAZ en contra de ODÍN SEAFOODS CHILE SpA RUT 76.805.404-5, declarándose que fueron despedidos en forma verbal y sin aviso previo con fecha 8 de febrero de 2020, que dichos despidos se califican como injustificados, y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de las siguientes sumas: MAURICIO FERNÁNDEZ: 1.- $ 514.614 de indemnización sustitutiva del aviso previo.- 2.- $ 222.999 de feriado proporcional.- 3.- $ 120.077 por remuneración de 7 días de febrero de 2020.- 4.- Cotizaciones previsionales de AFP Provida, AFC Chile y FONASA, de los meses de octubre a diciembre de 2019 y de enero y febrero de 2020.- 5.- Al pago de remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido y hasta su total convalidación mediante el pago íntegro de las cotizaciones morosas, a razón de $ 514.614 mensual.- MARCOS MORALES: 1.- $ 504.774 de indemnización sustitutiva del aviso previo.- 2.- $ 504.778 de indemnización por un año de servicio.- 3.- $ 252.389 de incremento del 50% de la indemnización por año de servicio conforme a la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo. 4.- $ 420.648 de feriado legal y proporcional.- 5.- $ 117.782 por remuneración de 7 días de febrero de 2020.- 6.- Cotizaciones previsionales de AFP Provida, AFC Chile y FONASA,
Texto Completo (Preview)
Temuco, dieciséis de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña MARTA SORIANO BARRIENTOS, abogada, en representación convencional de MAURICIO ESTEBAN FERNÁNDEZ PAILLANAO, RUT 15.927.540-K; MARCOS OMAR MORALES REBOLLEDO, RUT 12.988.796-6 y MISAEL ISAÍAS ARELLANO DÍAZ RUT 17.323.348-5, operarios, domiciliados en la comuna de Cunco, demandan
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